Lo que debéis hacer es cuando os llegue el requerimiento para identificar al conductor solicitar las imágenes en las que se basa la presunta infracción con carácter previo a dicha identificación al efecto de poder esclarecer, en su caso, la identidad del presunto infractor por el tiempo transcurrido con petición de suspensión del plazo para evacuar el trámite requerido.
SI en las fotografías no sale el camión tendréis que probarlo con cualquier medio válido en derecho. En la práctica, en un procedimiento administrativo pasarán de vosotros.
Lo único que se me ocurre es que si sois varios los afectados del mismo día y en un periodo de tiempo cercano solicitéis la acumulación de los procedimientos en vía administrativa (para que se resuelvan de forma conjunta) y después planteéis un contencioso.
Un saludo