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Buenas tardes,

El otro día me pararon los mossos a 121 Km/h en la N-II a al altura de Lérida en un tramo de limitado a 100 Km/h. De hecho me estaba incorporando al carril derecho después de efectuar un adelantamiento a un camión.

El agente me comentó que adelantando puedes superar el límita marcado en 20 Km/h por lo que de entrada no se si habría delito con las tolerancias por haberte pillado a 121 Km/h. Hasta allí puede ser correcto pero...

Cuando reclamo la foto me indica que vaya al Servei Català de Trànsit a solicitarla cosa que hago y me indican que no pueden dármela porque no disponen de la misma y que ya me llegará a casa en el plazo de 45 días.

Acto seguido les indico que para cuando me llegue ya habrá pasado el periodo de pago con descuento (30 días) y el periodo de recurrir (15 días) y que les estoy solicitando la prueba que demuestra la infracción.

A todo esto me contestan que funcionan así y me invitan a pagar la sanción de 70 € con el descuento allí mismo alegando que sino lo hago tendré que pagar los 100 € a posteriori.

¿Puedo hacer alguna cosa al respeto?, estoy dispuesto a recurrir, solicitar la foto, perder los 30 € de descuento pero que trabajen como mínimo haciendo papeleo.

¿Alguna idea?

Gracias.

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