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Hace poco hablando con un conocido me dijo que un amigo de su jefe circulaba con su mercedes gama alta y su detector,le cazaron y dice que la multa del detector de radar es de 6.000 eurazos,puede ser verdad?cuando me lo dijo me dejo...descentrado

saludos

eso que te dijeron no es verdad,si te paran y te encuentran el detector son 150 euros y 2 puntos,y lo demas que te digan cuento,salu2

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Convendria saber si la famosa ley de los 6000 € se ha aprobado o sigue en estudio.

osezno no empecemos otra vez con el tema,la famosa ley no se ha aprobado esta en estudio todavia,de momento nada de nada,o sea sigue lo de siempre los 150 euros y 2 puntos,no le demos mas vueltas que no hacamos mas que meter miedo al personal,osea de momento nada de nada,salu2

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estamos todos los dias repitiendo la misma canción: de momento nada. :five:

Editado por pidexo
  • 2 semanas más tarde...
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Titular de elmundo.es ahora mismo

Supongo que oyen campanas y no saben dónde... Hasta que no vea el texto oficial con mis propios ojos, no me creo nada

Esta es la parte de la noticia que habla del tema que nos ocupa:

"- Se permitirán los avisadores de radar: Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores de radares, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT."

Y este el link

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/06/10/espana/1244660623.html

Espero que no sea repost!

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Buenas, haber, "avisadores" no es lo mismo que "detectores", hay una gran diferencia entre los dos conceptos...jeje porque los "avisadores" ya son legales...

Este es el titular de la notícia: La grúa no podrá retirar el coche de la zona azul y se permite detectar radares

Pero supongo que el que la escribe no tiene mucha idea sobre esto y más abajo pone:

- Se permitirán los avisadores de radar: Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores de radares, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.

Supongo que en el segundo caso se referirá a "detectores", pero bueno, teniendo en cuenta quien manda en la DGT no me lo creo mucho...

Habrá que esperar...

Saludos!

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Según dicen en La Vanguardia sí se permiten los detectores. Por fin algo de sentido común

http://www.lavanguardia.es/ciudadanos/noticias/20090610/53720703676/superar-los-80km-en-los-accesos-a-barcelona-no-conllevara-perdida-de-puntos-si-no-se-exceden-los-130.html

Otra de las enmiendas de CiU (Nº181) limita las sanciones que se vienen aplicando sobre aquellos conductores que quieren evitar los radares que detectan el exceso de velocidad. En función de la propuesta del Grupo Catalán se sancionará a aquellos conductores que incorporen mecanismos que traten de inhibir los medios de control, como puede ser ocultar la matrícula para no ser detectado. Por el contrario, quedará liberado de sanción aquellos conductores que hagan uso de algún mecanismo que les avise de la existencia de un rádar, ya que en este último caso tiene una finalidad preventiva que no debe ser sancionada.

Edito para corregir, no se permiten lso detectores, sólo avisadores :-(

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=puw9&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=(CDA20081205001201.CODI.)#(P%C3%A1gina1)

Editado por pacman
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Según dicen en La Vanguardia sí se permiten los detectores. Por fin algo de sentido común

http://www.lavanguardia.es/ciudadanos/noticias/20090610/53720703676/superar-los-80km-en-los-accesos-a-barcelona-no-conllevara-perdida-de-puntos-si-no-se-exceden-los-130.html

Otra de las enmiendas de CiU (Nº181) limita las sanciones que se vienen aplicando sobre aquellos conductores que quieren evitar los radares que detectan el exceso de velocidad. En función de la propuesta del Grupo Catalán se sancionará a aquellos conductores que incorporen mecanismos que traten de inhibir los medios de control, como puede ser ocultar la matrícula para no ser detectado. Por el contrario, quedará liberado de sanción aquellos conductores que hagan uso de algún mecanismo que les avise de la existencia de un rádar, ya que en este último caso tiene una finalidad preventiva que no debe ser sancionada.

Pues yo no entiendo que permita detectores, desde mi punto de vista lo dice muy claro:

"Por el contrario, quedará liberado de sanción aquellos conductores que hagan uso de algún mecanismo que les AVISE de la existencia de un rádar, ya que en este último caso tiene una finalidad preventiva que no debe ser sancionada."

Editado por selkirk
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Esta enmienda de CIU, Bel Maseto ya lo comentó hace un tiempo, sí que hace referencia a legalizar los detectores, avisadores también (como actualmente), pero propone sancionar únicamente inhibidores. Cito el texto de la enmienda en el que se desprende claramente esta propuesta:

Redacción que se propone:

«Artículo único. Apartado siete.

Al artículo 65.6

(...)

d) Instalar inhibidores de radar en los vehículos o

cualesquiera otros mecanismos encaminados a inhibir

los sistemas de vigilancia.»

JUSTIFICACIÓN

Clarificar la norma para evitar que se sancionen los

mecanismos o sistemas hasta ahora lícitos que permiten

informar sobre la ubicación de los radares.

Salu2 y a ver si hay suerte...

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Sea lo que sea, la propia palabra inhibir, queda bastante clara, que es que interfiera en el aparato de las autoridades para detectar la velocidad.

Un detector de radar no interfiere anulando el cinemometro, que es lo que se desprende de la definición de inhibir.

Aun asi, ese "limbo" de la definición de la palabra, es la tipica carne cañon para los abogados en un juicio.

saludos

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Acabo de leer en http://www.libertaddigital.com/sociedad/el-congreso-legaliza-el-uso-de-anti-radares-1276361905/ que la Comisión de Interior del Congreso que estudia la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico y la nueva Ley de Seguridad Vial, entre otras cosas, propone lo siguiente:

"Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT."

En este otro articulo http://www.elmundo.es/elmundo/2009/06/10/espana/1244660623.html el titular dice : "La grúa no podrá retirar el coche de la zona azul y se permite detectar radares"

Vamos a ver somo se explican estos chicos del Congreso y que entienden por avisadores y que por inhibidores. El debate continua, o realmente empieza a partir de ahora.

S2.

Editado por vel
completar texto
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SEGURIDAD VIAL | Cambios en el régimen sancionador de tráfico

La grúa no podrá retirar el coche de la zona azul y se permite detectar radares

Una grúa se lleva un coche de una céntrica calle de Madrid. | Paco Toledo

Una grúa se lleva un coche de una céntrica calle de Madrid. | Paco Toledo

* No se perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus o una curva

* Tampoco si no se superan los 130 km/h en el acceso a las ciudades

* Dejará de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche

Efe | Madrid

Actualizado miércoles 10/06/2009 21:16 horas

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Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado, según una enmienda aprobada en la Comisión de Interior del Congreso a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que ahora pasará al pleno de la Cámara Baja.

La enmienda, presentada por CiU y que ha sido apoyada por el resto de grupos parlamentarios, sí autoriza a la retirada del vehículo cuando éste se encuentre aparcado en un estacionamiento reservado a discapacitados, ya que en este caso el coche mal estacionado obstruye o dificulta la movilidad de otros usuarios.

Estacionar en estas plazas para discapacitados se considerará una falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.

- 'Conducción de forma negligente: Otro paquete de enmiendas introducido a la nueva ley de Seguridad Vial limita las infracciones en las que se pierden puntos del carné. El titular del permiso no perderá cuatro puntos como hasta ahora en los casos de "conducción de forma negligente", por ser ambiguo y llevar a la confusión del conductor.

- No se perderán puntos por parar en el carril-bus: Los conductores tampoco perderán puntos del carné, como sucedía ahora, por estacionar o parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado pero no verá reducidos sus puntos.

- No se perderán puntos en autopistas de acceso a ciudades: Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.

- SE PERMITIRAN AVISADORES DE RADAR: Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores de radares, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.

- ITV: Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. De este modo, a la entrada en vigor de la ley, las estaciones de ITV pedirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección.

- Deja de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche: Durante la tramitación de la ley ya se habían introducido otras modificaciones al proyecto presentado inicialmente por el Gobierno. Entre ellas, la que acaba con la obligación de llevar en el coche toda la documentación, ya que deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos.

La obligación del conductor se limitará a tener todos los documentos exigidos por la Ley en regla y vigentes, pero no a llevarlos físicamente en el vehículo.

- Descuento por pagar pronto las multas: En el procedimiento sancionador, se aumenta el descuento por "pronto-pago", que pasa a ser de hasta el 50% del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito, acabando con un proceso farragoso para el ciudadano.

- Las multas financiarán la seguridad vial: La nueva Ley de Seguridad Vial, que se debatirá la semana que viene en el pleno del Congreso, obligará además al Gobierno a destinar todo lo recaudado por multas a políticas de seguridad vial, como supresión de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos.

FUENTE:http://www.elmundo.es/elmundo/2009/06/10/espana/1244660623.html

PD:SABEIS CUAL ES EL MENSAJE SUBLIMINAL?CHICOS,SEGUID DANDOLE CERA AL COCHE PORQUE CON LOS AUTOVELOX Y PISTOLITAS QUE VAMOS A EMPEZAR A INSTALAR HASTA LA BANDERA(SI NOS LOS INHIBES,SI QUE TE VAMOS A CASTIGAR),VERAS DE QUE OS VALEN VUESTROS MARAVILLOSOS ANTICASPA.

PD2:COMO LOS QUE SABEN DEL TEMA,NO SAQUEN ALGO REALMANTE EFICIENTE E INDETECTABLE,VAMOS A TENER QUE EMPEZAR A PENSAR,EN VENDER NUESTROS CARROS E IR TODOS EN BICI.DIOS DIRA

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este es un comentario de una persona que no tiene idea de porque muchisima gente llevamos detectores de radar,ahi que ser borrego,salu2

Pasáis de puntillas por el tema de los detectores de radar. Con esta modificación va a ser legal utilizar estos cacharritos....es decir, se deja via libre a los angelitos que utilizan estos cacharros, generalmente gente con coches potentes, mucho dinero y pocas neuronas....aunque menos neuronas parece tener quien aplica esta modificación. De juzgado de guardia vamos...:bathbaby:

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