Publicaciones recomendadas

Publicado (editado)

Este es mi primer post, y he llegado aquí buscando información sobre multas y que debe de hacer uno ante estos casos. Os doy la enhorabuena por el foro y aprovecho para contaros mi caso a ver si podéis ayudarme. Gracias de antemano.

A finales de Junio de este año me cazaron a 127km/h. en la A4 en una zona limitada a 100. Y me llegó la correspondiente notificación para identificar al conductor.

A finales de Junio también, me hicieron otra foto a 146km/h. por una autopista de peaje con limite a 120km/h. Me llegó la correspondiente notificación para identificar al conductor.

Mal aconsejado ni pagué las multas ni identifiqué al conductor ni hice nada, pensando que estas cosas acabarían preescribiendo.

Más tarde llegaron dos notificaciones de iniciación de expediente con una multa de 310€. Y aunque un poco más acojonado seguí sin hacer nada.

La semana pasada finalmente he recibido una carta que dice traslado de resolución sancionadora con la multa de 310€. Me faltaría por recibir (supongo) la misma carta respecto a la otra sanción.

Y llegados a este punto, en el cual no se puede estar más acojonado. Me gustaría saber lo siguiente:

Que puedo hacer para retrasar al máximo el proceso y poder recaudar ese dinero?.

Si existe alguna remota posibilidad de librarme de alguna sanción que es lo que debo de hacer?.

Una de las sanciones es por circular a 127 km/h. en una autovía con límite a 100. Puedo alegar que estaba adelantando y librarme de alguna manera?.

Por último deciros, que bueno. En cualquier caso reconozco mi exceso de velocidad y estoy dispuesto a pagar las multas, que sí debería haberlas pagado anteriormente, pero 620€ es una barbaridad. Ojalá y exista una manera de revertir el proceso y pagar solamente las multas de 100€.

No sé que hacer...

Editado por lolovk
Publicado

lolo, has dejado correr el tema de multas y ahora vienen por lavía ejecutiva (hacienda). Y se las van a cobrar.

Y como no identificaste al conductor, lo que hacen es echar el doble de importe de la multa al propietario del vehículo.

A ver si algún experto sabe si existe algún tipo de recurso, sino te tocaría buscar a un abogado que controle y te asesore.

Publicado
Sr lolovk, siento lo que te ha ocurrido pero no hay que ignorar jamás las notificaciones.

Pintan bastos...

Y menos ahora que las quieren notificar por correo electrónico, ni se os ocurra apuntaros a la notificación electrónica, cuando funcione, sólo falta que estés 2 semanas de vacaciones en República Domicana, y te lleguen notificaciones, esperándote a la vuelta que estén en vía ejecutiva.

Por lo visto correos ya se está poniendo las pilas en el tema de la "notificación segura".

Saludos

Publicado

Hola

Darksun

ese comentario que has realizado me parece super importante. No tenia ni idea que DGT fuera a notificar por email, por lo que no esta de más que todos estemos al loro de no dar nuestros email para evitar esas notificaciones. Si tienes más información al respecto creo que sería bueno que hicieras un post específico.

un saludo

heberman

Publicado
ese comentario que has realizado me parece super importante. No tenia ni idea que DGT fuera a notificar por email, por lo que no esta de más que todos estemos al loro de no dar nuestros email para evitar esas notificaciones. Si tienes más información al respecto creo que sería bueno que hicieras un post específico.

No os preocupéis que todavía está en proyecto, cuando salga a la luz dentro de unos meses ya lloverán ríos de tinta sobre el tema...

Tal y como está contemplado, sólo será obligatorio para empresas, los particulares seguiremos escaqueándonos (es opcional). Lo que no tienen previsto, es "yo te doy la dirección, pero me hago el longui" (es decir, no me doy por notificado), que tampoco estaría mal, y es que se les ve el colmillo...

Saludos

Unirse a la conversación

Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.

Guest
Responder a esta discusión...

×   Pegar como texto enriquecido.   Pegar como texto sin formato

  Sólo se permiten 75 emoji.

×   Tu enlace se ha incrustado automáticamente..   Mostrar como un enlace en su lugar

×   Se ha restaurado el contenido anterior.   Limpiar editor

×   No se pueden pegar imágenes directamente. Carga o inserta imágenes desde la URL.

  • Explorando recientemente   0 miembros

    • No hay usuarios registrados viendo esta página.