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Muy buenas a todos, menos para mí:

Hace un par de meses mientras trabajaba, conducía por la R2 (una autopista de pago) una furgoneta alquilada. Desgraciadamente hoy, dos meses después del 25 de noviembre(fecha de la infracción) me llamaron de la empresa de alquiler de vehículos diciendo que me habían puesto una multa(radar) por conducir a 132 km/h en un tramo de 100.

Agradecería cualquier ayuda para saber si alguna posibilidad de poder recurrir esta multa que me parece injustísima. Un tramo de 100 en una autopista de pago sin que ni siquiera hubiera obras? Que es esto? y me lo notifican dos meses después?

Muchas gracias por adelantado.

Un saludo

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joe.. si hubiesen sido 2 km menos te hubieses librado de la retirada de puntos, ya que te corresponden 140€ y 2 puntos menos. Yo creo que no hay nada que hacer a no ser que esté mal la foto. Porque lo que suele hacer en estos casos es decir que no se sabía quien conducía y te libras de los puntos pero la empresa de alquiler sabe perfectamente quien conducía asi que.....

El límite es 100 y es 100, aunque nos parezca absurdo en una autopista de peaje. Y como se trata de una infracción grave creo que tienen 6 meses para notificártelo, así que está en plazo. Suerte

Saludos

PSDt: ya que te parece mal que haya un límite 100 en una autopista, igual te parecen mal otras de las muchas actuaciones del director de la DGT, Pere Navarro. Así que te animo a firmar para pedir la dimisión.

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Yo la he pillado un par de veces, y salvo la zona donde se ponen como en un desnivel, con limite 120 km/h creo recordar...no sabía nada mas de radares en esa via.

Pero de todas formas, no recuerdo ninguna zona con limite 100 km/h, salvo que estemos hablando de las proximidades al peaje.

Publicado (editado)

Ten encuenta Dieguskis que los furgones tienen limitada la velocidad a 90 km/h.

Suerte.

Editado por pidexo
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Lo siento.

Prueba a recurrir la multa. Si buscas por el foro encontrarás algún ejemplo. O si la cosa es seria quizá te convenga dejársela a un abogado o a alguien que tenga experiencia recurriendo.

Saludos.

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Si porque si es un mixto adaptable, que a no ser modelos muy específicos, seguro que lo es, tu limitación es otra.

La empresa con la que colaboro yo, tiene un furgón, una Multivan 3.0...y está homologada como turismo...pero si os fijáis es exactamente lo mismo que una Transporter 3.0 solo que con algún extra más...bueno pues desde los límites de velocidad hasta las ITV...todo cambia pese a ser prácticamente el mismo vehículo...a la hora de comprarla tuvieron esto en cuenta, porque la furgoneta anterior que habían tenido se había llevado un montón de "pequeñas" multas por este tema, al se mixto adaptable.

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