Celtibero Publicado 3 de Marzo del 2009 Reportar Publicado 3 de Marzo del 2009 La Dirección General de Tráfico tiene previsto poner a disposición de los ciudadanos un nuevo servicio, por el que los conductores particulares y las empresas, si lo desean, pueden recibir las notificaciones de sus multas a través de su dirección de e-mail, o bien a través de su número de teléfono por SMS. Este servicio, hoy por hoy, es voluntario para los particulares, no así para las empresas titulares de vehículos. La pregunta que nos hacemos es ¿me conviene dar de alta una dirección de email para que Tráfico me notifique las sanciones? La respuesta es que NO, por los siguientes motivos. Primero. Poner esto a disposición de los conductores particulares y de las empresas no tiene otro fin que el facilitar a la Administración los trámites para el cobro de las multas. Si usted quiere que le cobren antes, dé a la DGT una dirección de email para que le notifiquen. Segundo. Una de las razones por las que más multas se anulan son los defectos en la notificación. Si usted permite que se le notifique por email, estará allanando el camino a la voraz Administración para cobrar mejor y más rápido las multas, y, de paso, estará cerrando la vía de impugnación de las acciones sancionadoras. Tercero. Es muy probable que si la Ley se aprueba en los términos que aparecen en el proyecto, millones de multas serán anuladas en el futuro por ser inconstitucional una de las modificaciones más importantes, ya que se da vía libre a la notificación edictal con el sólo requisito de realizar un único intento de notificación personal, lo cual es susceptible de producir el indeseable efecto de la indefensión, proscrito por el artículo 24 de la Constitución Española. Por lo tanto, debe considerarse inconstitucional la previsión legal de que un solo intento de notificación personal habilite a la Administración para notificar el acto por medio de edictos. Ello se aparta, desde luego, del criterio general establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992 que, para procedimientos en los que no se ejercitan acciones punitivas por parte de la Administración establece, con un criterio de razonabilidad, un mecanismo en el que se deben realizar dos intentos de notificación personal en horas distintas. Citar
fast_kike Publicado 3 de Marzo del 2009 Reportar Publicado 3 de Marzo del 2009 mail? q es eso? mire agente, yo lo mas moderno q tengo en mi casa es una maquina de escribir electrica. internés no tengo, por si me contagian virus. respecto al movil, no tengo uno propio, tengo el de la empresa y de vez en cuando nos los cambian. ademas, al llegar a casa lo apago, para q no me localice el jefe. Citar
javiermrm Publicado 3 de Marzo del 2009 Reportar Publicado 3 de Marzo del 2009 que es intelned??? yo no tengo ineil.....como???? Citar
elbandido2003 Publicado 3 de Marzo del 2009 Reportar Publicado 3 de Marzo del 2009 ¿Conoce internet? Si, una gran invento, es la redecilla esa que llevan los bañadores de tio por dentro...un gran avance Citar
Stier Publicado 15 de Marzo del 2009 Reportar Publicado 15 de Marzo del 2009 Y si te haces el remolón y dices que no te han notificado nada, te puede pasar que te embarguen la nómina y encima tengas que pagar mas. Es un pu.ta mierda, pero prefiero saber si me han multado o no. Citar
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