aragorn78 Publicado 1 de Abril del 2009 Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 Hola a tod@s, Me presento, me llamo José Antonio y siempre que he tenido alguna duda sobre multas, radares, etc me he pasado por este foro, el cual considero imprescindible. Bueno pues ahora me ha llegado una cosa inverosimil: la notificación de 2 multas el mismo día y casi a la misma hora (sólo 5 minutos entre ambas). El caso es que hice un cambio de sentido indebido para entrar a una venta de una gasolinera, con la "fortuna" que al ir entrando en ella con el coche pues había un coche de la guardia civil hechando gasolina (que grata casualidad :heeeelllllooooo:) pues bien yo iba despacio pero no llego a detener el coche al verlos pues decido no pararme en la gasolinera y sigo adelante por si tengo suerte de que no se hubieran dado cuenta, pero mirando por el retrovisor veo que uno de los civiles camina un poco detras del coche y saca una libreta para anotar la matricula. Conclusión 2 meses después recibo dos multas, en el mismo punto kilométrico, con una diferencia entre la primera y la segunda de 5 minutos, cosa que no tiene sentido mismo sitio y distinta hora: 1) Articulo 78.1: realizar la maniobra de cambio de sentido de marcha creando un peligro a los demás usuarios de la via. No se notifica al hacer caso omiso. 2) Articulo 143.1: no respetar las señales de los agentes que regulan la circulación, tras cometer infracción se le hace la señal de alto hace caso omiso y continua la marcha. Lo gordo es que en ningún momento ninguno de los dos guardias me hizo señal alguna para que me parase, y tampoco estaban regulando el tráfico en ese momento como dicen, pues estaban repostando. Desde luego si me dan el alto yo me paro porque no tengo alma de farruquito la verdad es que me acojono y paro del tirón vaya. Pero se ve que al civil le debio "molestar" venir andando tras mi coche y tener que coger el boli y el papel para denunciarme y me ha jodido a base de bien. La primera multa por lo que he leido en el foro me imagino es leve (hasta 100 euros) y 3 puntos. La segunda es grave (hasta 300 euros) y 4 puntos y posible suspensión carnet. Como se que la palabra del policia va a misa y aunque haya mentido la ley le da la autoridad de los dioses divinos pues no creo que haya nada que pueda recurrir. Por lo que ahora mismo mi intención es no identificar al conductor, y esperar que sean el doble económicamente las multas administrativas pero no me quiten puntos ni el carnet. ¿Qué opinais compañeros? Muchas gracias. Citar
usb Publicado 1 de Abril del 2009 Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 bienvenido, tendras que hacer un escrito de alegaciones y explicar lo mismo, aunque si admites lo del giro incorrecto lo estas reconociendo, pero a mi me preocuparia la segunda denuncia, explica lo mismo, que pasaste por la gasolinera y viste una patrulla de trafico repostando el coche, que en ningun momento te hicieron el alto, y que te paraste tranquilamente en el restaurante, y en ningun momento vinieron a decirte nada. Ademas lo mas normal es que si no obedeces la señal de pararte, lo normal es que salgan detras de ti y mas cuando te paras en el restaurante. No es una actuacion correcta por parte de la guardia civil, pues imagina que el vehiculo llega a ser robado, pero esto ultimo no se si deberias ponerlo en el escrito de alegaciones Citar
usb Publicado 1 de Abril del 2009 Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 respecto a la suspension del carnet, en teoria no hay retirada de carnet Citar
Bel Maseto Publicado 1 de Abril del 2009 Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 José Antonio, siento lo ocurrido. Ante la presunción de veracidad, tienes pocas opciones de recurrir, así que lo mejor es que no identifiques, como bien dices. Pero hay un tema importante: en el caso que expones, aunque haya dos denuncias, éstas se derivan del mismo contexto, de modo que siendo evidente que los hechos los cometió la misma persona, tu obligación de identificar sería única. Por tanto, si te sancionan una vez por no identificar, por cualquiera de las dos sanciones, no podrán hacerlo posteriormente por la otra. Si tienes opción, prepara el tema con algún letrado o empresa de asistencia en recurso de multas, que por ahí tienes opciones de evitar una de ellas. Saludos y suerte. Citar
berki Publicado 1 de Abril del 2009 Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 José Antonio, siento lo ocurrido.Ante la presunción de veracidad, tienes pocas opciones de recurrir, así que lo mejor es que no identifiques, como bien dices. Pero hay un tema importante: en el caso que expones, aunque haya dos denuncias, éstas se derivan del mismo contexto, de modo que siendo evidente que los hechos los cometió la misma persona, tu obligación de identificar sería única. Por tanto, si te sancionan una vez por no identificar, por cualquiera de las dos sanciones, no podrán hacerlo posteriormente por la otra. Si tienes opción, prepara el tema con algún letrado o empresa de asistencia en recurso de multas, que por ahí tienes opciones de evitar una de ellas. Saludos y suerte. Normas de Tráfico. Concurrencia de infracciones;Se denunciarán TODAS las infracciones que se observen, sean leves, graves o muy graves, y aunque puedan concurrir varias de ellas en la misma persona, excepto cuando tal y como establece el todavía vigente art. 279.III del Código de la Circulación, una infracción sea medio necesario para cometer otra, o cuando un mismo hecho constituya dos o más infracciones, imponiéndose en estos casos únicamente la sanción más grave de las que corresponda. Salu2 Citar
aragorn78 Publicado 1 de Abril del 2009 Autor Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 Muchas gracias a todos por vuetra rápida respuesta. Está claro que lo que sería conveniente por tanto es no identificar al conductor. Y lo de la concurrencia de 2 sanciones me da esperanzas para intentar que me denuncien sólo por una de ellas, lo que si que tendría que esperar a que me manden las multas administrativas por no identificar al conductor?? y cuando me lleguen las 2 poner el caso por ejemplo en la gestión de multas de mi seguro?? o debería poner el caso desde ya en la gestoria de multas para ver si consiguen que me pongan sólo una?? Me imagino que es complicado pero conoceis algún caso que se haya dado por aquí en el foro sobre esto de la concurrencia de 2 multas en 1?? Lo dicho muchas gracias de verdad, me habeis dado esperanzas de poder hacer algo, porque la verdad ante estos abusos de los guardias civiles uno se siente totalmente impotente, se supone que están para ayudar no para inventarse cosas para joder. Yo admito que hice el giro indebido pero que me digan casi que me di a la fuga, cuando ni me dieron el alto, ni estaba regulando el tráfico. Citar
Bel Maseto Publicado 1 de Abril del 2009 Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 No es exactamente un tema de concurrencia. Según explicas, las dos infracciones se cometieron en unidad de acto, y por lo tanto, el conductor responsable fue necesariamente el mismo. Si lo identificas una sola vez es suficiente, porque esa identificación, por su propia naturaleza, debe surtir efectos respecto de los hechos cometidos simultáneamente en ese momento. Si, habiendo identificado al conductor una vez, te vuelven a sancionar por no hacerlo, supondría vulneración del ne bis in idem, que es totalmente aplicable en materia administrativa. De todos modos, lo mejor es que busques asesoramiento específico, porque deberás presentar determinados escritos en un orden concreto. Saludos. Citar
aragorn78 Publicado 1 de Abril del 2009 Autor Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 Muchas gracias Bel Maseto haber si hay suerte; pero el caso es que mi idea es no identificar al conductor en ninguna de las dos multas, en mi compañia de seguros me dicen que no identifique porque cualquiera de las 2 multas podría conllevar suspensión del carnet. Asi que no voy a identificar lo que pasa es que me van a llegar 2 sanciones administrativas entre 300 y 1500 euros. La segunda multa es grave por lo que estará entre 100 y 300 euros poniéndole el doble (que espero que sea así y no me crujan 1500 porque ya sería un atropello si no lo es ya, por el hijo de p... del guardia civil) pero yo creia que la primera multa, la del cambio de sentido según he visto en el articulo se consideraba como leve a no ser queno se llevara iluminación adecuada que pasaría a grave según el artículo. Pero cual es mi sorpresa que en mi seguro me dicen que esa también es grave y también lleva suspensión del carnet. Vamos que me ha jodido bien la vida el guardia civil mintiendo como un cosaco para joder. Parece mentira que tengamos que pagarle el sueldo todos los españolitos a algunos prendas como este. Mira que poner que estaban regulando el tráfico y que me dieron orden de parar y me fui, cuando estaban repostando en la gasolinera. Y además vamos que si regulando el tráfico te dan el alto, primero que me paro por lo que me conviene y segundo que también me iban a dejarme ir sin más, que te pide el alto la guardia civil y te piras y te persiguen hasta los geos vamos. Pais... Citar
berki Publicado 1 de Abril del 2009 Reportar Publicado 1 de Abril del 2009 Aragorn de las dos conductas por las que te han sancionado la primera no es grave, sino leve. La segunda si es grav y podría llevar aparejada suspension de permiso, cosa que lo veo muy raro. La primera serán 90 euros, y la segunda de 90 a 301. Si no identificas y van las dos para adelante en mi punto de vista haría caso a lo que dice Bel Maseto y puede que con 300 euros menos el 30% lo hagas. Salu2 Citar
aragorn78 Publicado 2 de Abril del 2009 Autor Reportar Publicado 2 de Abril del 2009 Gracias berki vamos a ver si al final no me sale la jodienda muy cara. De momento a no identificar y esperar a la sanción administrativa. Ya os comentare el tema haber si consigo que s quede sólo en una. Lo dicho muchas gracias de verdad a todos. Citar
chelomartinez Publicado 3 de Abril del 2009 Reportar Publicado 3 de Abril del 2009 Berti Esto que expones: Concurrencia de infracciones; Se denunciarán TODAS las infracciones que se observen, sean leves, graves o muy graves, y aunque puedan concurrir varias de ellas en la misma persona, excepto cuando tal y como establece el todavía vigente art. 279.III del Código de la Circulación, una infracción sea medio necesario para cometer otra, o cuando un mismo hecho constituya dos o más infracciones, imponiéndose en estos casos únicamente la sanción más grave de las que corresponda. ----------------- Solo es aplicable al acto de cruzar la mediana, en caso de que haciendo eso, hubiera habido un accidente o un hecho grave, la unica denuncia hubiera sido la mas grave. Posteriormente y una vez incorporado en el carril y continuando la marcha, se efectua un alto se hace caso omiso. Esa es otra infracción. Un buen letrado, puede hacer las averiguaciones legales, con autorizacion judicial solicitar las camaras de seguridad de la gasolinera, y mediante las horas de las denuncias, demostrar que el Cuerpo de Seguridad del Estado miente. Citar
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