tacataca Publicado 13 de Julio del 2009 Reportar Compartir Publicado 13 de Julio del 2009 Ravella controlará las infracciones de tráfico a través de dos cámaras de videovigilancia MONTSE FAJARDO > VILAGARCÍA El tráfico vilagarciano será vigilado a través de cámaras para corregir infracciones. YAEL DOMÍNGUEZ El gobierno vilagarciano, a través del plan E, adquirirá dos cámaras de videovigilancia que colocadas en sendos viales del municipio servirán para detectar las principales infracciones que cometan sus usuarios, tanto conductores como peatones. La alcaldesa explicó que el objetivo de introducir la tecnología en la detección de faltas no es sancionar sino conocer cuáles son las más usuales para intentar paliarlas a través de políticas de educación vial y concienciación ciudadana. Además, el Concello no hará pública la ubicación de los equipos, convencido de que puede provocar un beneficioso efecto disuasor en los usuarios que, preocupados porque sus infracciones sean grabadas, extremarán la precaución. El gobierno de Vilagarcía colocará dos cámaras de videovigilancia en sendas calles del municipio al objeto de estudiar las infracciones de tráfico más comunes para, de esa forma, intentar adoptar medidas tendentes a paliarlas. La alcaldesa de Vilagarcía, Dolores García Giménez, explicó que es una de las principales inversiones que, en materia de Seguridad Ciudadana, contempla el Plan E. Desde el Concello quieren dejar bien claro que el fin último de los equipos no es sancionar a los infractores sino averiguar cuáles son las conductas erróneas más comunes para intentar emprender acciones que, en la medida de lo posible, ayuden a corregirlas. Inciden en que la principal herramienta que en política de Seguridad Vial aplica y seguirá aplicando el gobierno local es la educación y la concienciación de conductores y peatones y no las sanciones económicas. La ley permite multar> Que multar no sea la prioridad de Ravella no significa que legalmente las cámaras no pudiesen ser utilizadas como prueba de una infracción puesto que la ley no recoge la obligatoriedad de que un agente sea testigo de una falta para poder sancionarla. El ejemplo más claro es un radar fijo. En el momento en que uno de estos aparatos, muy frecuentes por ejemplo en las autopistas, detecta que un vehículo ha superado la velocidad máxima permitida, no hay ningún agente presente, y sin embargo, la multa llega al conductor, al quedar registrada la matrícula del vehículo infractor. Con las cámaras de videovigilancia podría pasar lo mismo. La grabación de una infracción podría ser suficiente para que el agente que la visione imponga una multa al conductor, pero desde Ravella insisten en que ese no es el objetivo. “Si la intención de colocar las cámaras fuese sancionar, podríamos llenar la ciudad de equipos y reducir la plantilla de policías pero está claro que el objetivo es intentar descifrar cuáles son las conductas erróneas que más se repiten y realizar campañas de concienciación para que la gente se dé cuenta del peligro”, señalan." LA LEY, ALCALDESA EXIGE QUE LAS CAMARAS COLOCADAS EN LAS VIAS PUBLICAS ESTEN CORRECTAMENTE " S E Ñ A L I Z A D A S", entre otras medidas y cuenten con la aprobación de la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO,,,,,,, otra burrada mas de este bi-partito inutil. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
tacataca Publicado 13 de Julio del 2009 Autor Reportar Compartir Publicado 13 de Julio del 2009 http://www.publico.es/espana/152719/juzgado/ordena/retirar/camaras/vigilancia/santiago Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
tacataca Publicado 13 de Julio del 2009 Autor Reportar Compartir Publicado 13 de Julio del 2009 http://www.orihueladigital.es/orihuela/psoe_video_vigilancia_290609.htm etc, etc, etc.,,,,, NO SABEN QUE INVENTAR PARA SACARNOS LA PASTA Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
tacataca Publicado 13 de Julio del 2009 Autor Reportar Compartir Publicado 13 de Julio del 2009 3. La resolución que ordene la instalación y uso de los dispositivos fijos de captación y reproducción, identificará genéricamente las vías públicas o los tramos de aquéllas cuya imagen sea susceptible de ser captada......LITERAL, sacado de la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 4/1997 REAL DECRETO 596/1999, DE 16 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 4/1997, DE 4 DE AGOSTO, POR LA QUE SE REGULA LA UTILIZACIÓN DE VIDEOCÁMARAS POR LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD EN LUGARES PÚBLICOS......................... SE SALTAN LA LEGISLACION A LA TORERA, DESCUBREN AMERICA A SU CRITERIO SIN TENER EN CUENTA LAS DISPOSICIONES LEGALES.............menuda panda Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Publicaciones recomendadas
Unirse a la conversación
Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.