Derecho Administrativo y Constitucional


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Bueno pues como estoy en la universidad,y tengo el honor de tener a gente como profesores que da gusto escucharles durante horas,me ofrezco,no para contestar yo(bueno si puedo si) pero a transmitirles a ellos preguntas especificas que tengamos todos.

Yo por ahora he pensado en preguntarle por ahora,si realmente es consitucional la sancion por no identificar al conductor,aun cuando normalmente pasa demasiado tiempo como para ser recordado con exactitud,pues esa sancion no es sobre la multa sino por un hecho aparte,la no posibilidad de identificar con exactitud al normalmente llegar las multas meses despues de la citada infracción,no va eso contra la presuncion de inocencia entre otros?

Si hay mas preguntas,las recopilare y se las entregare a cada uno por separado(al de Constitucional y al de Administrativo)

Bueno espero que esto sirva de ayuda para despejar muchas dudas que tenemos todos aqui y no tenemos ni el conocimiento ni el tiempo para responderlas,y sobre las quales muchos abogados no se enteran de la pelicula la mitad.

Saludos!!:bandit:

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Bueno pues como estoy en la universidad,y tengo el honor de tener a gente como profesores que da gusto escucharles durante horas,me ofrezco,no para contestar yo(bueno si puedo si) pero a transmitirles a ellos preguntas especificas que tengamos todos.

Yo por ahora he pensado en preguntarle por ahora,si realmente es consitucional la sancion por no identificar al conductor,aun cuando normalmente pasa demasiado tiempo como para ser recordado con exactitud,pues esa sancion no es sobre la multa sino por un hecho aparte,la no posibilidad de identificar con exactitud al normalmente llegar las multas meses despues de la citada infracción,no va eso contra la presuncion de inocencia entre otros?

Si hay mas preguntas,las recopilare y se las entregare a cada uno por separado(al de Constitucional y al de Administrativo)

Bueno espero que esto sirva de ayuda para despejar muchas dudas que tenemos todos aqui y no tenemos ni el conocimiento ni el tiempo para responderlas,y sobre las quales muchos abogados no se enteran de la pelicula la mitad.

Saludos!!:bandit:

No es inconstitucional como se ha pronunciado dicho tribunal por varios motivos:

A) Un vehículo es un elemento potencialmente peligroso que puede tener involucración directa tanto como en elementos del tipo como en elementos accesorios en un ilícito penal, de tal manera que es obligación del titular de conocer en un grado justo y sin ser desmedido quienes son los posibles conductores del vehículo.

B)Como consecuencia de lo expuesto anteriormente y para evitar conductas no punibles, no es inconstitucional y es necesario, mas esto no impide que atendiendo a los principios del Derecho Penal y al fundamento del mismo, por correlación, la obligación de identificación del conductor en el ámbito administrativo no se puede exigir con la misma intensidad que en el ámbito penal, de manera que así han redactado la ley.

C)El grave problema es la ejecución del prcepto advo por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, que aporan inseguridad jurídica al sistema no notificando las denuncias en el acto (obligación que tienen completada con una excepción cuyo fin es no vaciar de poder a las mismas fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, pero... que ha conseguido lo contrario)

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