Stranger one Publicado 9 de Septiembre del 2005 Reportar Publicado 9 de Septiembre del 2005 Bueno pongo un pequeño enlace sobre el reglamento de circulacion ya que no habia nada sobre ello en este apartado. salu2 http://www.datadiar.com/actual/novedades_03/admtvo/circulacion/index.htm Citar
supertole Publicado 10 de Septiembre del 2005 Reportar Publicado 10 de Septiembre del 2005 Interesante link, y dice que estan permitidos los dispositivos GPS SE PROHÍBEN LOS INSTRUMENTOS CON PANTALLA > Volver al índice Queda prohibido el uso, por el conductor con el vehículo en movimiento, de dispositivos que puedan distraer su atención mientras conduce, tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Excepto monitores necesarios para maniobras y dispositivo GPS (Art. 18.1) Antes: No estaba regulado Citar
Stranger one Publicado 19 de Septiembre del 2005 Autor Reportar Publicado 19 de Septiembre del 2005 Enlace a normas y salu2 http://www.dgt.es/revista/num151/pages/ley.html Citar
Bibliotecario Publicado 5 de Octubre del 2005 Reportar Publicado 5 de Octubre del 2005 ¿Habéis visto esto? "El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa im****ble a dicho titular." ¿No había empeorado esto desde agosto? ¿NO es la misma modificación que incluye lo de los antiradares, es decir, que tendría que estar ahí? Además, hace varias referencias al mes de enero de 2002, a ver si al tío se la ha ido la pinza y es del 2006. La fecha de creación del documento HTML es de mayo de 2005. A ver si alguien lo aclara. Citar
Cascabeleando Publicado 5 de Octubre del 2005 Reportar Publicado 5 de Octubre del 2005 Según Erpajica (y la nueva ley, claro) ahora sería a pagar por el propietario el doble de la multa, siempre en una franja entre 310 y 1500€... parece que quien preparó el tema o lo redactó... se le 'fué la olla'.... es mi suposición... Añadido: descargando el pdf (en el enlace, abajo del todo da la posibilidad) se ve que es la legislación que entrará en vigor en enero del 2002 , es una revista de tráfico correspondiente a los meses de noviembre/diciembre 2001 por lo que pone en el pie de página . Enlace a los últimos números de la revista http://www.dgt.es/revista/otrosnumeros/index.html Enlace al último número de la revista (el 174) http://www.dgt.es/revista/num174/pages/index.html La 172 tiene 'buena' pinta si uno quiere rebotarse un poco... Bss.-<p><a href="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2005_10/56fd0387628cd_NUEVALEYTRFICOdel2005_rar.d82e5f203cacccd6d855a07eb9d738d0" class="ipsAttachLink ipsAttachLink_image"><img data-fileid="119" src="https://www.todoradares.com/foro/uploads/monthly_2005_10/56fd0387628cd_NUEVALEYTRFICOdel2005_rar.d82e5f203cacccd6d855a07eb9d738d0" class="ipsImage ipsImage_thumbnailed" alt=""></a></p> NUEVA LEY TRÁFICO del 2005.rar Citar
kachoperro Publicado 5 de Octubre del 2005 Reportar Publicado 5 de Octubre del 2005 Bibliotecario, parece que el modo CENSURA ON te ha jugado una mala pasada con imp utable. :meparto: A mi lo que me parece indignante es que hasta en la propia web de la DGT sólo puedes leer las novedades, y que no te puedeas bajar ENTERO el nuevo código. Parece que les interesa liar la madeja para que no estemos informados. Eso de "al artículo tal se le añade..." es política oscurantista. No les cuesta nada colgar un pdf con todo el código, para que lo podamos releer y estemos informados. Por cierto, estos de la DGT es que no se enteran, hablan en el último número de las bondades del tacógrafo digital, que es inviolable y tal, y resulta que antes de salir ya lo han violado (los italianos, como siempre) Citar
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