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Esto lo he puesto en otro hilo:

Sacado de la WEB de la DGT

4531100inhibidor.jpg

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/es/oficina_virtual/permiso_por_puntos/otras_administraciones/GuiaCodificada.pdf

OSEA --> DETECTORES LEGALES

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Si es que al final son legales,seamos cautos...........

Que a nadie se le ocurra bajar de ventanilla y pasar delante de los agentes con el "grillo" cantando que a mas de uno se le estará pasando por la cabeza.

Repito: nadie tiene porque saber lo que llevas.

s2

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Totalmente de acuerdo con Pidexo discrecion como hasta ahora , el equipo lo mas oculto posible, filtro VAV, y una estampita de San Beltronico, pero en la guantera sin que se vea, nada de chulerias que estonces nos bajamos a su nivel y ellos nos ganaran por experiencia, tranquilidad y seguro que aun asi pillaran al palomo de turno y habra mas de un problema.

sl2

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El detector "encaminado" a avisar de la presencia del mecanismo de control del tráfico (radar o el que fuere) no encaja en la descripción del tipo (descripción literal del comportamiento punible o sancionable, en este caso). La norma sólo sanciona el invento "encaminado" finalísitcamente si se me permite, a interferir el correcto funcionamiento del radar, semáforo, panel indicativo o cualesquiera otros.

Así, el compi está instalado para avisarnos de su presencia, y aún cuando su normal funcionamiento interfiera el "correcto funcionamiento del radar" nuestra conducta no debiera ser, tampoco, sancionable pues su finalidad es la de alertar de la presencia. Los vehículos que portan autoridades están dotados de unos inhibidores que, supongamos, interfieren el normal funcionamiento del radar pero su finalidad es interferir una onda o lo que sea que pueda accionar un explosivo, por poner un ejemplo, pues bien, en efecto, producen ese efecto pero no es su finalidad principal aun cuando la interferencia sea una consecuencia inherente a la principal. Pongo el ejemplo para evidenciar que la descripción de la infracción (el tipo) exige un elemento subjetivo -- encaminados a-- de carácter intencional -- dolo, ánimo de -- que no cumplimos los que llevamos instalados esos aparatos.

Sólo serían punibles, a mi humilde modo de ver, aquellos compis que buscan entorpecer el normal funcionamiento del radar para evitar que nos cace y serían alegales -- y en derecho sancionador lo no prohibido está permitido-- aquellos encaminados a avisarnos de la presencia del cinemómetro.

Pero, corresponderá al actor acreditar la finalidad del compi, características y efectos sobre el radar, pues el juez es ciego y sordo, incluso puede no tener carnet de conducir.

Saludos.

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Estoy de acuerdo en todo menos en el fín que indicas.

Podrías argumentar eso con un Laser Pro Park y te irías a casa con la multita.

Vamos que no le libra ni la caridad del Pere.

Un saludo

wave

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Vamos que no le libra ni la caridad del Pere.

Un saludo

wave

Si el lo ha planteado muy bien. Pero de cara al contencioso, que cuesta "dinerito".

Pero indica que hasta un inhibidor siempre y cuando tenga una utilidad distinta que tu demuestres (ejemplo un LT400 para abrir puertas, o un Laser Interceptor a modo de Megatrón del Radical :D) no debería de ser sancionable.

Ya me veo llegando al Supremo por un detector :D

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Esta clarisimo que los detectores y demas,estan prohibidos dice la nueva ley textualmente articulo 65.5.g (este es el apartado de sanciones muy graves:

g) "Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o instrumentos encaminados a eludir la vigilancia del trafico, así como utilizar o llevar instalado sistemas de detección de radar."

La sancion 6000€ y 30000€ para los talleres que lo instalan.

La unica salida es llevarlo y que sea indetectable.

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Esta clarisimo que los detectores y demas,estan prohibidos dice la nueva ley textualmente articulo 65.5.g (este es el apartado de sanciones muy graves:

g) "Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o instrumentos encaminados a eludir la vigilancia del trafico, así como utilizar o llevar instalado sistemas de detección de radar."

La sancion 6000€ y 30000€ para los talleres que lo instalan.

La unica salida es llevarlo y que sea indetectable.

Estás confundido, ese no es el texto finalmente aprobado, se cambio por el que puedes leer en el BOE definitivo

[url]http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/campanas_divulgacion/texto_boe.pdf[/url]

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Personalmente creo que todo esto ya esta más que hablado en post anteriores cuando se publico el BOE.

Para mi esta clarisimo, la norma sólo habla de inhibidores o aparatos que interfieran en los equipos de la policia. El detector no interfiere ni inhibe y en consecuencia mi consejo es quitar los inhibidores de laser el que los lleve (yo los he quitado y los tengo en el maletero, junto con una copia del BOE). Si te paran yo encendería la grabadora del movil para tener la conversación grabada y si te descubren la instalación del detector explicar al agente el art. 65.5.h y el 65.6.d lo pone bien claro lo que es sancionable y el detector no lo es!!.

Saludos

Fede

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Personalmente creo que todo esto ya esta más que hablado en post anteriores cuando se publico el BOE.

Para mi esta clarisimo, la norma sólo habla de inhibidores o aparatos que interfieran en los equipos de la policia. El detector no interfiere ni inhibe y en consecuencia mi consejo es quitar los inhibidores de laser el que los lleve (yo los he quitado y los tengo en el maletero, junto con una copia del BOE). Si te paran yo encendería la grabadora del movil para tener la conversación grabada y si te descubren la instalación del detector explicar al agente el art. 65.5.h y el 65.6.d lo pone bien claro lo que es sancionable y el detector no lo es!!.

Saludos

Fede

;) Así ya somos unos cuantos!

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Berki,

Si ya no podemos fiarnos de la norma mejor apaga y vamonos. Para una vez que nos es favorable y la gente buscandole tres pies al gato :-).

S2

Fede

El problema está en que la DGT (que son bastante más listos que los diputados por lo que parece) se ha dado cuenta de que van a dejar de ingresar bastante pasta por este error de redacción de los diputados...y está en plena ceremonia de la confusión, buzoneando unos panfletos con el texto de la ley modificado a su antojo para hacer creer al personal que los detectores están prohibidos.

Si esto lo hiciera cualquier persona, o medio de comunicación os aseguro que le obligarían a escribir una rectificación...pero como la DGT se piensa que tiene poder legislativo...pues hace lo que le sale de las narices y mientras la gente acojonada.

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El problema está en que la DGT (que son bastante más listos que los diputados por lo que parece) se ha dado cuenta de que van a dejar de ingresar bastante pasta por este error de redacción de los diputados...y está en plena ceremonia de la confusión, buzoneando unos panfletos con el texto de la ley modificado a su antojo para hacer creer al personal que los detectores están prohibidos.

Si esto lo hiciera cualquier persona, o medio de comunicación os aseguro que le obligarían a escribir una rectificación...pero como la DGT se piensa que tiene poder legislativo...pues hace lo que le sale de las narices y mientras la gente acojonada.

Como abogado, a mi sólo me vale el texto normativo, y la literalidad del texto lo deja bien claro....Las interpretaciones de la norma deben realizarse siempre y cuando la interpretación literal de la misma no sea posible...aqui el tema queda zanjado al refereirse siempre a INHIBIDORES.

s2

Fede

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Como abogado, a mi sólo me vale el texto normativo, y la literalidad del texto lo deja bien claro....Las interpretaciones de la norma deben realizarse siempre y cuando la interpretación literal de la misma no sea posible...aqui el tema queda zanjado al refereirse siempre a INHIBIDORES.

s2

Fede

Pero ademas en derecho Sancionador no cabe interpretarla.

Está claro que nos quieren acojonar.

Ha salido Ledesma y nada no ha dicho nada.

Salu2

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Pero ademas en derecho Sancionador no cabe interpretarla.

Está claro que nos quieren acojonar.

Ha salido Ledesma y nada no ha dicho nada.

Salu2

La norma no le permite mucha chulería al respecto de los detectores. yo lo tengo 100% claro y por eso sólo he quitado el laser y me he quedado con el detector.

S2

Fede

PD Al primero que le paren con detector y le multen por ello, que nos enseñe la multa a ver como intentan justificar lo injustificable.

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Preparado para las vacaciones con el BOE en el maletero, espero no ser el primero en ser sancionado por un detector, pero si es así os informaré y espero que me apoyeis en el juzgado.

Haré casi 2000km en mis vacaciones, así que probaré a "los malos", en varias ocasiones y en provincias diferentes, espero no tener problemas porque lo que está claro para unos no lo está para otros...

Un saludo a todos.

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