Lukass Publicado 14 de Enero del 2010 Reportar Publicado 14 de Enero del 2010 Hola a todos. Explico mi caso: El día 13 de noviembre me hicieron una foto con radar móvil y unos metros más adelante me para la guardia civil para decirme que circulaba a 106 km/h, siendo la máxima permitida en esa vía a 80 Km/h. Me dan el papelito, lo firmo y me voy. Me ponen una sanción de 100 euros, no me quitan puntos ni me retiran el carnet. Puesto que veo injusto que me sancionen por ir a tan baja velocidad decido recurrir (es un tramo de autovía que si vas a 80 parece que vas parado, nadie cumple con dicha velocidad). En el recurso pido que se me exhiba la copia de la fotografía realizada, documentos que acrediten la validez del cinemómetro, el número de antena del cinemómetro y el número de equipo en que fue implantada dicha antena. El caso es que hoy 14 de enero viene el cartero con una carta certificada, y la firmo. Era la contestación del recurso, en él me aportan todo lo que les pedí. Me dicen que dispongo de un plazo de diez días hábiles para presentar nuevas alegaciones. La carta va con fecha del 5 de enero, pero yo la he recibido hoy 14 de enero, ¿puedo alegar que han pasado más de dos meses para remitirme las pruebas?. Visto mi caso, ¿habría alguna otra alegación con la cual pueda recurrir y ganar?. Muchas gracias de antemano. Espero que mi caso sirva para resolver otros casos. Citar
MAXACLA Publicado 14 de Enero del 2010 Reportar Publicado 14 de Enero del 2010 Hola y bienvenido al foro. Citar
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