Jumper Publicado 2 de Marzo del 2010 Reportar Publicado 2 de Marzo del 2010 Buenas, os cuento mi experiencia...jeje. Ayer por una carretera de doble sentido, en el paso por una zona marcada a 70 km/h creo que pase con mi moto a 95-100 km/h máximo. El coche con el radar estaba parado en un camino rural. No hubo el típico coche pocos metros después para pararte, y continué mi camino sin que me pararan. La cuestión es que además llevaba paquete y cuando nos bajamos de la moto, me dí cuenta que al subirse éste, el candado se había deslizado tapando algo de la matricula pero creo que se podrían intuir los números. Bueno pues estoy doblemente acojonado. Según la legislación vigente me podrían imponer la nueva ley para lo de la velocidad ya que es favorable a mí, por lo tanto 100€ y 0 puntos, siempre que puedan reconocer totalmente la matrícula. Pero si lo hacen me podrían imponer una sanción por intento de tapar la matricula??? La cuestión es que no me han parado, y no sé si sólo con la foto del radar me pueden imponer esa sanción específica. Si me la imponieran, me acogería a la anterior legislación de 2007 no? ya que la de 2009 todavía no ha entrado en vigor para los casos no favorables al conductor. Serían entonces 2 puntos y hasta 300€? Muchas gracias... Citar
berki Publicado 2 de Marzo del 2010 Reportar Publicado 2 de Marzo del 2010 Si la matricula es ilegible no pueden identificarte (no valen artimañas de ir al PC y mirar combinaciones posibles hasta dar con la moto). En caso de que te llegue la multa te llegará de velocidad simplemente. En caso de que te llegara de velocidad y fuera ilegible, la recurres. salu2 Citar
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