goyovarea Publicado 3 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 3 de Diciembre del 2010 Os recomiendo leer este articulo,sobre todo a quienes tengan dudas de si puede hacer fotos a determinas personas o vehiculos,salu2 1. ¿Pueden las fuerzas del orden hacernos borrar las imágenes de nuestra tarjeta de memoria o velar el carrete? No. Bajo ningún concepto. El único que puede ordenar la destrucción de la propiedad decomisada es un juez y para eso antes tiene que ser decomisada y por tanto, constar en un informe y existir una denuncia. La tarjeta de memoria es propiedad privada así como lo es un carrete. El contenido de la tarjeta de memoria y las fotos de un carrete, además de ser de propiedad privada, están sujetas a la ley de propiedad intelectual. ¿Que hacer si nos pasa? Recordadle al agente que el contenido de la tarjeta o del carrete es de propiedad privada. Ordenar la destrucción de propiedad privada es ilegal. Solo se pueden destruir los bienes decomisados y siempre por orden de un juez tras ser demostrado el delito penal y demostrada la peligrosidad o posible mal uso del bien decomisado. Esa función corresponde exclusivamente a un juez excepto en el caso de armas y explosivos. Eso quiere decir que el borrado de la tarjeta podría ser denunciable por el artículo 508 del código penal, “La autoridad o funcionario público que se arrogare atribuciones judiciales o impidiera ejecutar una resolución dictada por la autoridad judicial competente, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años”. Acto seguido, dadle vuestros datos, pedidle que os denuncie y que en caso de ser oportuno os detenga, ya que la “resistencia a la autoridad” es lo único que puede alegar y así tampoco podrá (y si lo hace será detención ilegal… ya que no hay delito). Eso sí… en caso de que no veáis otra salida más que el borrado, dadles la cámara y que ellos pulsen el botón de borrado, porque de lo contrario, podrían decir que lo borrásteis voluntariamente y así cometen el delito contra la propiedad intelectual. Y siempre con testigos, porque un agente de la autoridad tiene presunción de veracidad, es decir, si es su palabra contra la tuya, él gana. 3. ¿Es legal hacer fotos a un guardia civil u otra fuerza de seguridad o a alguno de sus vehículos? Si. Eso no quita que por cortesía, se les debería informar (no pedir permiso, informar). En el caso que estén en acto de servicio en un lugar público, sí que es lícito fotografiarles puesto que son personas en lugar público ejerciendo un cargo público y se aplica la ley 1/1982 artículo 8a. http://www.ateneupopular.com/fotografia/donde-puedo-hacer-fotografias/[/PHP] Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Carlos996 Publicado 3 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 3 de Diciembre del 2010 muy interesante por el tema de las fotos a camuflados... Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Amos Publicado 4 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 4 de Diciembre del 2010 Muchas gracias goyo, gran información. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
jaimebeneyto Publicado 4 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 4 de Diciembre del 2010 Precisamente de ahí me informé yo (entre otros) Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
ajustador Publicado 4 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 4 de Diciembre del 2010 Yo con la policia mejor lejos, ves leyendelos leyes y comprobaras lo que pasa, ¿es legal que te peguen un palizon en comisaria?, preguntale al que lo haya recibido, mucha mas gente de lo que uno cree, luego dicen que es resistencia a la autoridad y listo. Por supuesto no solo en España pasa, con los malos no se puede razonar, en ningun pais. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
elbandido2003 Publicado 5 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 5 de Diciembre del 2010 Insisto, mucha de esa info es correcta y hay otra que no...que cada cual actue como crea oportuno, pero que tenga en cuenta las consecuencias de lo que hace. Saludos y ser discretos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Invitado pidexo Publicado 5 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 5 de Diciembre del 2010 Insisto, mucha de esa info es correcta y hay otra que no...que cada cual actue como crea oportuno, pero que tenga en cuenta las consecuencias de lo que hace.Saludos y ser discretos +1 Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
elbandido2003 Publicado 5 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 5 de Diciembre del 2010 Por cierto, gracias por la info Goyo!!!! Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
topegun Publicado 7 de Diciembre del 2010 Reportar Compartir Publicado 7 de Diciembre del 2010 muchas gracias goyo!! es cierto...mejor prudencia a la hora de hacer fotos, pero llegados al caso que te pillen, al menos ya se sabe el procedimiento a seguir. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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