Antonio333 Publicado 24 de Enero del 2011 Reportar Publicado 24 de Enero del 2011 Hola Me ha llegado un aviso para que identifique al conductor de mi vehiculo el dia que iba a exceso de velocidad captado por radar. El dia en cuestión conducía un amigo extranjero, comunitario, empadronado y residente en España, tiene cuenta de banco español etc (tengo su número de NIE y dirección de empadronamiento en España), pero no la copia de su carnét de conducir italiano. He estado leyendo y al parecer al ser él un extrajero tengo yo que aportar la fotocopia del carnet de conducir de éste? Y si luego de buscarle no le encuentran me ponen la multa a mi? Podria alguien aclararmelo? Gracias Antonio Citar
berki Publicado 24 de Enero del 2011 Reportar Publicado 24 de Enero del 2011 http://www.todoradares.com/foro/presentarse-foro-nuevos-usuarios-t19473.html Respecto a lo que dices, si es residente y empadronado en España, con dar su dirección, nombre y apellidos y DNI es suficiente. La multa le llegará a él. Si no lo haces así, te sancionarán con la de NO IDENTIFICAR que es el doble en las leves y el triple en las graves y muy graves. No hay descuento por pronto pago. Salu2 Citar
Antonio333 Publicado 24 de Enero del 2011 Autor Reportar Publicado 24 de Enero del 2011 Gracias Berki, Perdón por no haberme presentado, soy Antonio de Alicante. Llevo 20 años conduciendo, nunca habia tenido una multa, tengo 14 puntos en el carnét. Referente al conductor extranjero, he leido que la ley cambió el 25 de mayo 2010 y que ahora es el dueñó del vehiculo quein debe aportar prueba que el extranjero tenia un carnét de conducir válido en España, una fotocopia del carne de su pais, y que si la multa no prospera, o no le pueden localizar, tienes que pagar tú, el propietario. http://www.pyramidconsulting.es/news/criterios-para-identificar-al-conductor-con-la-nueva-lsv Es esto correcto? Gracias Citar
berki Publicado 26 de Enero del 2011 Reportar Publicado 26 de Enero del 2011 Exacto, si el conductor no tiene permiso español (que parece que es el caso), tu eres por decirlo de alguna manera el "responsable" o "vigilante" de haber comprobado que el conductor podía hacerlo en nuestro país, así que has de aportar esa prueba sin perjuicio de que después el procedimiento se dirigirá al conductor que tu has designado (cumpliendo el trámite de entrega de fotocopia de su permiso) Salu2 Citar
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