txemitxu Publicado 7 de Junio del 2011 Reportar Publicado 7 de Junio del 2011 hola a todos. hoy me ha llegado una carta por correo ordinario donde ponen todos los datos de mi coche y me dicen que mi coche a sido cogido por un radar a 72 kh/h en una zona de 50. y me pone que tengo 20 días para identificar al conductor si no me sancionaran aun mas. el conductor soy yo mismo. ¿que hago? como viene por correo ordinario lo dejo pasar y espero hasta que manden alguna certificada. ¿y que podria pasar en ese caso? ¿podrian sancionarme con solo esa notificacion? o ¡es mejor que me identifique como conductor? lo que si e leído por Internet que mandar una multa por correo ordinario no es legal ¿no?. gracias de antemano y un saludo. Citar
berki Publicado 7 de Junio del 2011 Reportar Publicado 7 de Junio del 2011 ¿De dónde procede? me refiero quien es el organismo que te sanciona... Saludos Citar
txemitxu Publicado 8 de Junio del 2011 Autor Reportar Publicado 8 de Junio del 2011 (editado) de la Jefatura Provincial de Tráfico de La rioja y viene la foto bien clara de mi vehiculo. me pone los servicios de corrreo no han podido hacerle entrega de la notificacion que se adjunta, en la presente carta es un aviso para que comunicarle que en el articulo 78.1 de la ley de seguridad vial real decreto legislativo 339/1990 del 2 de marzo modificada por la ley 18 del 2009 del 23 de nobiembre, la notificacion se a remitido al tablon edictal de sanciones de trafico. (testra). supongo que significa que me la han intentado enviar certificada y no han podido contactar conmigo. Editado 8 de Junio del 2011 por txemitxu Citar
gallardo606 Publicado 9 de Junio del 2011 Reportar Publicado 9 de Junio del 2011 de la Jefatura Provincial de Tráfico de La rioja y viene la foto bien clara de mi vehiculo.me pone los servicios de corrreo no han podido hacerle entrega de la notificacion que se adjunta, en la presente carta es un aviso para que comunicarle que en el articulo 78.1 de la ley de seguridad vial real decreto legislativo 339/1990 del 2 de marzo modificada por la ley 18 del 2009 del 23 de nobiembre, la notificacion se a remitido al tablon edictal de sanciones de trafico. (testra). supongo que significa que me la han intentado enviar certificada y no han podido contactar conmigo. Si no identificas el conductor por cualquier circunstancia son 1800€. Aparte la multa. Busca en el foro mis temas, he colgado mi FotoMultaPilladaRadar. y si puedes leer mi multa te lo explica muy bien. Un saludo y AAAAAAAA PAGARRRR:grouphug: Citar
txemitxu Publicado 9 de Junio del 2011 Autor Reportar Publicado 9 de Junio del 2011 900 me pone a mi que pago si no lo identifico. como se ceban. saludos. Citar
txemitxu Publicado 10 de Junio del 2011 Autor Reportar Publicado 10 de Junio del 2011 Por 100€....... ¿como que 100 euros? la multa seria de 300 pero por pronto pago 150 ¿no? me cazaron a 72 en una zona de 50. cuando me llegue te lo confirmo, pero por lo que he mirado yo creo que es asi. saludos. Citar
Zolder Publicado 11 de Junio del 2011 Reportar Publicado 11 de Junio del 2011 La multa por no identeficar es del 300% de la multa que te correspondería por la velocidad. es decir que si son 100 € pr exceso de velocidad. serían 300 € por no identificar. Y la multa por no identificar no se beneficia del descuento del 50% por pronto pago. Citar
txemitxu Publicado 12 de Junio del 2011 Autor Reportar Publicado 12 de Junio del 2011 si por eso, si no me identifico me meten 900 euros, pero si me identifico serian 300, pero con opción de pronto pago se queda en 150 euros. no entiendo lo de los 100 euros. saludos. Citar
Bel Maseto Publicado 11 de Julio del 2011 Reportar Publicado 11 de Julio del 2011 Entiendo que CLF se está refiriendo a que con el margen de error de medición, el exceso es en todo caso inferior a los 20 km/h, por lo que en limitación de 50 km/h le corresponde 100 Euros, sin puntos, que quedarían en 50 Eurillos de ná con el descuento del 50%. Ahora bien, me consta que NO están aplicando el margen de error, sino que toman directamente la medición del radar, de modo que muy posiblemente la sanción sea de 300 Euros y 2 puntos. Es una práctica absolutamente ilegal, pero es lo que hay, no hay más remedio que irse al contencioso. Saludos. Citar
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