Alberto2006 Publicado 30 de Junio del 2006 Reportar Publicado 30 de Junio del 2006 Hola a todos, Tiene la misma pena (económica y de puntos) llevar un antiradar (975, 966, ...) que un jammer (inhibidor de laser) ??? Sabésis si la DGT hace algún tipo de distinción ? Yo pensabe que si pero ..... Ayer me acerqué a JC Audio en Getafe (Madrid) y estuvimos hablando de detectores antiradar (975, 966, ...). Ví que allí tenían inhibidor laser y me dijeron que ese era ya otro tema. Que lo del detector era ilegal pero que lo del inhibidor era mucho más ilegal y que estaba más penado ...... Me lo podéis aclarar, por favor ? Muchas gracias y saludos, Alberto Citar
__Pedro__ Publicado 30 de Junio del 2006 Reportar Publicado 30 de Junio del 2006 Mentira y gorda. Vamos a ver, a nivel de la DGT hay detectores/jammers (ilegales) y avisadores/pdas (legales). Por otro lado está el problema de un jammer de radar. Eso emitiría en una banda en la que está prohibido, así que aparde de vértelas con la DGT podrían denunciarte por un delito de telecomunicaciones. Citar
juinta Publicado 30 de Junio del 2006 Reportar Publicado 30 de Junio del 2006 los de los talleres son muy listos...lo saben todo siempre... Citar
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