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hola gente de nuevo!si alguien conoce los radares catalanes,,como dije en un post anterior me salta la duda de este,,haber si alguien lo conoce:

Vas por la autopista direccion blanes y te metes por el desvio "blanes,lloret de mar,tossa de mar..", nada mas entras continuas por una carretera de doble sentido ( un carril para cada sentido),algunos tramos de posibles adelantamientos en discontinua,.. y de repente te encuentras un radar de suelo de cara, estaba en pleno adelantamiento en discontinua,adelantando a un autocar..mis preguntas son? si este radar tambien me ha cogido a mi o solo a la gente que va hacia el otro sentido tal y como este situado el radar( hacia el otro lado) y a que velocidad maxima se puede ir,90 mas 20km/h para adelantar?

un saludo gente

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La velocidad Maxima es 90 Km no existe el margen que citas, la pregunta es viste un flash?

Si no lo viste estas salvado.

saludos

Y porque en esta carretera no existe el margen de +20Km/h si estás adelantando, tenía entendido que en todas las carreteras en que es necesario invadir el carril contrario para adelantar era aplicable este margen.

Saludos

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Creo que estáis equivocados. :the_finge

Mirad al final de este documento el cuadro de las limitaciones de velocidad en España, en concreto el punto (2): Nota de prensa de la DGT

Y remitiéndonos directamente al artículo (48) que cita dicho cuadro del Reglamento General de Circulación (REAL DECRETO 1428/2003) descubrimos la excepción de los 20 km/h en el artículo 51.1: "Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano sólo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas (artículo 19.4 del texto articulado)." :smash:

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Creo que estáis equivocados. :the_finge

Mirad al final de este documento el cuadro de las limitaciones de velocidad en España, en concreto el punto (2): Nota de prensa de la DGT

Y remitiéndonos directamente al artículo (48) que cita dicho cuadro del Reglamento General de Circulación (REAL DECRETO 1428/2003) descubrimos la excepción de los 20 km/h en el artículo 51.1: "Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano sólo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas (artículo 19.4 del texto articulado)." :smash:

Pues según ésto, si adelantas a un coche que va a 110 en autopista y lo haces a 140 km/h, no te podrían multar... y la realidad desde luego es otra, ya que a partir de 133, multita y 100 euretes.

Salu2.

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Pues según ésto, si adelantas a un coche que va a 110 en autopista y lo haces a 140 km/h, no te podrían multar... y la realidad desde luego es otra, ya que a partir de 133, multita y 100 euretes.

Salu2.

"...para las carreteras convencionales..." ---> no se incluye ni a las autopistas ni a las autovías.

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Entonces en una limitacion de 90 Km/h,puedes rebasar

a un turismo que a 89 km/h en 20 km/h, es decir a 109 km/h

pero si el turismo va a 90 ya no puedes adelantar. yo entiendo asi

el articulo artículo 51.1.

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"...para las carreteras convencionales..." ---> no se incluye ni a las autopistas ni a las autovías.

Ok, perdon... pero:

Carretera convencional con arcen de más de metro y medio. Velocidad máxima de 100 km/h. El vehiculo adelantado va a 95 y yo para adelantarlo me pongo a 120... según ésto sería "legal" y sin embargo a partir de 111 salta el radar y me ponen una multa de 100 euros por infracción grave. Eso sí, no me quitan puntos pero me multan por algo que "en teoria" es legal.

Salu2.

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Con el código de circulación en la mano (que lo estoy consultando), si que podrias adelantar a 120 km/h a un coche que va a 95. En cambio si ya va a 100 no puedes adelantarlo en ningun caso.

Según el codigo la norma de +20Km/h es aplicable a todas las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano. (por lo tanto se excluyen tambien autovias y autopistas, donde no se puede pasar de 120 en ningún caso).

Que el radar te sacará una foto, tal vez si, pero en esa foto debería poderse ver que circulas "en sentido contrario" a como habitualmete saca las fotos, es decir que estas adelantando, y por lo tanto se deberia anular la denuncia.

me imagino que va así, no lo se.

Lo que si esta claro es que tengo el codigo de la circulación delante mio (texto actualizado BOE 19/07/2004), y pone claramente que se pueden sumar los +20 km/h para adelantar (exepto: ciudad, autovia, autopista).

Saludos

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Con el código de circulación en la mano (que lo estoy consultando), si que podrias adelantar a 120 km/h a un coche que va a 95. En cambio si ya va a 100 no puedes adelantarlo en ningun caso.

Según el codigo la norma de +20Km/h es aplicable a todas las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano. (por lo tanto se excluyen tambien autovias y autopistas, donde no se puede pasar de 120 en ningún caso).

Que el radar te sacará una foto, tal vez si, pero en esa foto debería poderse ver que circulas "en sentido contrario" a como habitualmete saca las fotos, es decir que estas adelantando, y por lo tanto se deberia anular la denuncia.

me imagino que va así, no lo se.

Lo que si esta claro es que tengo el codigo de la circulación delante mio (texto actualizado BOE 19/07/2004), y pone claramente que se pueden sumar los +20 km/h para adelantar (exepto: ciudad, autovia, autopista).

Saludos

No, si que es así no me cabe ninguna duda, ni me cabia antes tampoco.

Lo que quería decir, es lo imb**iles que son en la DGT, que se ponen a multar a unas velocidades y en lugares que son legales. Bueno, más que imb**iles lo que son es muy listos recaudando... Si estabas adelantando y no reclamas... pues a correr. Sobre todo porque, cómo demostrar que al que adelantabas no iba a 100...

Salu2.

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Supongo que si te sacan una foto adelantando, seguramente salgan los dos coches en la foto, tanto el tuyo como el que adelantas, con lo que imagino que no sería válida la foto ... y sino, también supongo, se aplicará la regla que explica franky65.

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