hectorlibra Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 (editado) Hola a todos: Hoy, 8 de Abril de 2014, ha salido publicado en el BOE, la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. Entre las modificaciones, los Detectores de Radar pasarán a estar prohibidos, sancionados con 200 Euros de multa y 3 Puntos. Los inhibidores permanecen con la misma sanción de 6.000 Euros y 6 Puntos, tanto en instalación y utilización como en simplemente en llevarlos en el vehículo. Los avisadores de radar (alertas por GPS) continúan siendo legales. Entrará en vigor dentro de 1 mes. Desde Todoradares recomendamos minimizar la probabilidad de encontrar un detector operativo. Podéis ver todas las modificaciones descargando el PDF de la disposición aquí: http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-3715 Tened cuidado ahí fuera. Editado 8 de Abril del 2014 por hectorlibra Citar
funki Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Muchas gracias por tenernos informados siempre a la ultima. Citar
hectorlibra Publicado 8 de Abril del 2014 Autor Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Gracias a DVuelta , a continaución vemos una lista de las sanciones más comunes: Y los nuevos límites de velocidad + sanciones (incorporando 130 Km./h.) Citar
SolidHaner Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Muchas gracias por la info! Citar
Tervueren Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Gracias compañeros Citar
MAXACLA Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Lo último de la lista es "caja mal acomodada". Qué significa esto? Citar
izan25 Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 (editado) Lo último de la lista es "caja mal acomodada". Qué significa esto? supongo que es tema de si cargas alguna cosa en el coche y aparte de en el maletero, metes cosas en los asientos traseros muchas gracias por la info! Editado 8 de Abril del 2014 por izan25 agradecimientos Citar
colmenedo Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Gracias por la info! Citar
pitbull Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Gracias por el aporte Citar
CLF Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 (editado) No hay problema Sti indetectable+ instalación oculta+ mando a distancia= que no te cace ni el radar ni el spectre, no tiene precio Editado 9 de Abril del 2014 por hectorlibra Citar
blaser Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 No hay problemaSti indetectable+ instalación oculta+ mando a distancia= que no te caze ni el radar ni el spectre, no tiene precio +1 Blaser Citar
Camperr69 Publicado 8 de Abril del 2014 Reportar Publicado 8 de Abril del 2014 Yo voy a Vender 2 STIR plus, cuanto podría pedir por ellos? Muchas gracias, lo tengo con mando... R20 Citar
Tervueren Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 Yo voy aVender 2 STIR plus, cuanto podría pedir por ellos? Muchas gracias, lo tengo con mando... R20 A mi podría interesarme uno. Gracias. Citar
topegun Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 O sea, que si me pillan con el detector portatil en la guantera, me multan igual? O sólo es para los inhibidores? Citar
colmenedo Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 (editado) O sea, que si me pillan con el detector portatil en la guantera, me multan igual? O sólo es para los inhibidores? Sí,seguro como antiguamente pasaba con los extraibles de los 975. Editado 9 de Abril del 2014 por colmenedo Citar
topegun Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 Sí,seguro como antiguamente pasaba con los extraibles de los 975. Es que a raíz de lo que pone en la nueva ley, no lo tengo tan claro..... «6. Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.» Con los inhibidores esta prohibido instalarlos y llevarlos, en cambio los detectores sólo habla de prohibición de uso, por lo que si lo llevas en la guantera es evidente que no puedes utilizarlo. Tampoco veo que este prohibida la tenencia. Citar
colmenedo Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 Es que a raíz de lo que pone en la nueva ley, no lo tengo tan claro.....«6. Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.» Con los inhibidores esta prohibido instalarlos y llevarlos, en cambio los detectores sólo habla de prohibición de uso, por lo que si lo llevas en la guantera es evidente que no puedes utilizarlo. Tampoco veo que este prohibida la tenencia. A lo que vamos o fueramos es lo único que ahora mismo nos interesa,todo ello desde mi punto de vista sin que sirva de ofensivo, pero creo que se nos presentan unos años venideros muy chungos referentes a la nueva ley, claro esta que en su dia se encargaron quizás un poco de todo de ofrecer mucha informacion en abierto,videos,fotos de instalaciones y demás ,con lo que ahora si antes ya estaban bien preparados ahora más. Citar
topegun Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 Eso nadie lo duda Enviado desde mi Nexus 7 mediante Tapatalk Citar
FOXO Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 Es que a raíz de lo que pone en la nueva ley, no lo tengo tan claro.....«6. Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.» Con los inhibidores esta prohibido instalarlos y llevarlos, en cambio los detectores sólo habla de prohibición de uso, por lo que si lo llevas en la guantera es evidente que no puedes utilizarlo. Tampoco veo que este prohibida la tenencia. Estoy de acuerdo con este comentario, una cosa es la prohibición de "instalar o llevar" un aparato y otra diferente es "usar". Ciertamente esos que llamáis "los malos" no diferenciarán esos términos, pero me juego unas cervezas a que en tres o cuatro años los tribunales sí haran esa diferenciación. Ahora bien, ¿quién le pondrá el cascabel al gato?. Lo más seguro un abogado cabreado o un "penitente" que quiera llegar hasta el final, aunque le cueste diez veces más que la multa. Citar
CLF Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 Estoy de acuerdo con este comentario, una cosa es la prohibición de "instalar o llevar" un aparato y otra diferente es "usar". Ciertamente esos que llamáis "los malos" no diferenciarán esos términos, pero me juego unas cervezas a que en tres o cuatro años los tribunales sí haran esa diferenciación. Ahora bien, ¿quién le pondrá el cascabel al gato?. Lo más seguro un abogado cabreado o un "penitente" que quiera llegar hasta el final, aunque le cueste diez veces más que la multa. y tampoco deja claro que son los "Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico" por que, un detector, tambien es esto Citar
topegun Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 y tampoco deja claro que son los "Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico" por que, un detector, tambien es esto Ya, pero justo en el párrafo antes ya dice que se prohibe el uso de detectores de radar. De todas formas, lo ha redactado un mono, un detector entra en ambos párrafos aunque lo cierto es que en el primero ya dice que esta prohibido. Citar
CLF Publicado 9 de Abril del 2014 Reportar Publicado 9 de Abril del 2014 Ya, pero justo en el párrafo antes ya dice que se prohibe el uso de detectores de radar.De todas formas, lo ha redactado un mono, un detector entra en ambos párrafos aunque lo cierto es que en el primero ya dice que esta prohibido. tu lo has dicho, un mono:biggrin::biggrin: Citar
chatarras Publicado 10 de Abril del 2014 Reportar Publicado 10 de Abril del 2014 Esta redactado para que a la siguiente se prohiban los avisadores Citar
CLF Publicado 10 de Abril del 2014 Reportar Publicado 10 de Abril del 2014 Esta redactado para que a la siguiente se prohiban los avisadores O se vuelvan a permitir los detectores, vete a saber esos tíos Citar
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