conserje1985 Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 El caso esque me he quedado sin carnet y necesito saber si existe algún vehículo aunque sea electrico que no precise carnet. Citar
hectorlibra Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 Puf, creo que te va a tocar utilizar chófer, sea en vehículo privado o en transporte público... La pérdida de puntos o retirada del permiso, afecta a todos los vehículos a motor, incluídos los coches eléctricos, ciclomotores, vehículos agrícolas, cuadriciclos o micro-coches... Las únicas opciones que nos quedan entonces son conducir una bicicleta, un caballo, o... un patinete. Todos ellos vehículos sin motor. Citar
conserje1985 Publicado 5 de Mayo del 2014 Autor Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 Puf, creo que te va a tocar utilizar chófer, sea en vehículo privado o en transporte público...La pérdida de puntos o retirada del permiso, afecta a todos los vehículos a motor, incluídos los coches eléctricos, ciclomotores, vehículos agrícolas, cuadriciclos o micro-coches... Las únicas opciones que nos quedan entonces son conducir una bicicleta, un caballo, o... un patinete. Todos ellos vehículos sin motor. Se puede usar una bici eléctrica? Citar
hectorlibra Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 Si está considerado vehículo no. ¿Necesitas algún permiso para esa bici? Eso será lo que determinará si lo puedes usar o no. Para un ciclomotor, necesitas un permiso (que también es convalidado si tienes el B). Por ello, si te quitan el carnet, no puedes conducir tampoco ese ciclomotor. Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 todo lo que no pase de 50 cc es conducible sin carnet siempre y cuando tenga el b como te dice hector.. en caso contrario te tendras que sacar el especial de ciclomotor. Citar
hectorlibra Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 Si te suspenden el permiso, también pierdes temporalmente el de ciclomotor. Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 si, tb pq es un vehiculo a motor Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 si, tb pq es un vehiculo a motor perdon queria decir, no pq no es considerado un vehiculo a motor ... es q habia entendido mal la frase Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 hay jurisprudencia sobre este tema.. Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 En el Anexo I de la Ley de Seguridad Vial se recogen las definiciones de los conceptos que van a ser utilizados a lo largo de toda la normativa de tráfico y seguridad vial. A estos conceptos nos volvemos a remitir. Vehículo se define como el artefacto o aparato apto para circular por las vías o terrenos aptos para la circulación a que se refiere el artículo 2 LSV. Vehículo de motor es aquel vehículo provisto de motor para su propulsión, excluyéndose los ciclomotores y tranvías de esta definición. Ciclomotor: tienen la condición de ciclomotores los vehículos que se definen a continuación: Vehículo de dos ruedas, provistos de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, sí es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h. Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 pero dejo claro que no es un tema pacifico de hay que haya jurisprudencia al efecto Citar
SolidHaner Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 45km h los pasan absolutamente cualquier ciclomotor de menos de 5 años..... Furetto yo te contrsto como abogado cuando lo necesite jajajaja Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 OK, yo no tengo la verdad absoluta, me parece bien... saludos Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 OK, yo no tengo la verdad absoluta, me parece bien... saludos ni se te ocurra que te arruino, solo doy mi opinion... e intento ayudar si se puede.. asi q lo que neceistes tu y cualquiera del foro.. Un saludo Citar
CLF Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 45km h los pasan absolutamente cualquier ciclomotor de menos de 5 años..... Furetto yo te contrsto como abogado cuando lo necesite jajajaja Yo también Citar
hectorlibra Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 Ostrás, pues la documentación que he leído por la red debe estar errónea. Gracias furetto. Citar
furetto Publicado 5 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 5 de Mayo del 2014 No trankilo hector, lo q dices es coherente y te digo es más puedes estar acertado.. pq una cosa es lo q dice la ley de seguridad vial y otra lo q considera el código penal.. si q te digo q hay jurisprudencia fallando a favor y en contra por eso digo q no es pacífica. Citar
CLF Publicado 6 de Mayo del 2014 Reportar Publicado 6 de Mayo del 2014 No trankilo hector, lo q dices es coherente y te digo es más puedes estar acertado.. pq una cosa es lo q dice la ley de seguridad vial y otra lo q considera el código penal.. si q te digo q hay jurisprudencia fallando a favor y en contra por eso digo q no es pacífica. Aquí es donde si no eres experto, como tu, te las clavan Citar
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