DavidcP Publicado 22 de Junio del 2015 Reportar Publicado 22 de Junio del 2015 Hola buenas tardes, el pasado miercoles me llego una multa por exceso de velocidad, donde se pide que se identifique el conductor. La infraccion esta catalogada como muy grave, ya que se trata de una carretera de montaña con limite a 40km/h y yo iba a 91 km/h. El caso es que a parte de que en la multa no dice que se hallan aplicado los margenes de error del radar para calcular la velocidad, no existe ninguna señal de limitacion de velocidad desde que me incorporé a la carretera hasta pasados 100 m desde el punto donde me multaron, por lo tanto asumi que se trataba de una carretera con un limite de 90 km/h. Mi pregunta es si puedo recurrirla por este motivo y si debo identificarme antes de recurrir o al contrario. Un saludo muchas gracias Citar
OutOn Publicado 22 de Junio del 2015 Reportar Publicado 22 de Junio del 2015 Bienvenido al foro. Citar
CLF Publicado 22 de Junio del 2015 Reportar Publicado 22 de Junio del 2015 Siempre tienes que identificar primero, luego te llegará y recurrir. Bienvenido Citar
DavidcP Publicado 23 de Junio del 2015 Autor Reportar Publicado 23 de Junio del 2015 Gracias por las respuestas. ¿creeis que esos fundamentos son de peso como para ganar el recurso? Citar
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