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Hola, tengo una consultilla relacionada con una sanción que ha llegado a la empresa y asociada a un vehículo que ocasionalmente uso.

 

La historia es que la multa procede de un ayuntamiento que notifica que dicho vehículo se ha saltado un semáforo en rojo no intermitente X día a Y hora. De entrada solicitan que se identifique al conductor en un plazo de 20 días naturales. Yo tengo serias dudas que haya pasado por el lugar y mucho menos que haya pasado un semáforo en rojo, aunque siendo en el sitio que dicen, pudo haberse puesto en medio del tránsito de una glorieta grandota.

 

 -¿Son legales las sanciones por cámaras en semáforo? Suponiendo que sea por una cámara porque tampoco veo que sea una denuncia por parte de agente ¿eso deberían ponerlo?.

- Matiza que este trámite no es recurrible. Entiendo que una vez se pida la identificación de foto/vehículo Sí lo será ¿pero ya se perdería de entrada el descuento por pronto pago?.

- En caso de que el conductor no haya sido español pero sí intracomunitario ¿qué documentación se debe presentar por ley para identificar al conductor?.

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