malaga71 Publicado 2 Octubre Reportar Publicado 2 Octubre Buenos días a tod@s, me ha llegado una notificación del ayuntamiento de Málaga por circular a 60 estando la velocidad limitada a 50 el 05/12/2024 notificada el 25/04/2024 , sin fotografía alguna, que recurro el 10/05/2024 solicitando : Fotografías obrantes en el expediente, certificado de homologación del cinemometro ,debiendo acreditar que no solo cumple las normas legales ,sino que ha superado todos los controles periódicos y no ha sido manipulado. Me llega la contestación el 01/10/2024 trasladándome propuesta de resolución desestimando las alegaciones con una foto ampliada de la matricula y dos fotos totalmente negras en las que solo y exclusivamente y con mucho trabajo se ve solo y exclusivamente la matricula a pesar que no se había puesto el sol, para colmo en una de las fotos se ve claramente otra matricula que me esta adelantando. No se si por las fechas de notificacion hay algun retraso a la administración o que las fotos sean validas , agradecería alguna orientacion Citar
abergueiro Publicado 2 Octubre Reportar Publicado 2 Octubre Con tal de que se vea la matrícula les vale para multar y piensa que es una fotocopia de la foto original en blanco y negro por eso se ve tan mal ....que modelo de radar te multo parece que n multanova 6fEnviado desde mi Redmi Note 9 Pro mediante Tapatalk Citar
malaga71 Publicado 2 Octubre Autor Reportar Publicado 2 Octubre correcto es un multanova 6f , no se si por el tema de plazos podre hacer algo , solicite tambien certificado de homologacion y de que no habia sido manipulado y solo me adjuntan un certificado de verificacion con solo un numero de serie y es de 5 radar distintos que existen en malaga, desconozco si es valido ya que parece ser generico para los 5. Citar
abergueiro Publicado 2 Octubre Reportar Publicado 2 Octubre Normalmente ese cinemómetro aparece con las cabinas donde puede rotar así que podrá rotar en las 5 cabinas de la ciudadEnviado desde mi Redmi Note 9 Pro mediante Tapatalk Citar
thara Publicado 2 Octubre Reportar Publicado 2 Octubre Que me corrija alguien si estoy equivocada con lo que voy a comentar. Estoy un poco desconectada de normativas españolas y espero no dedicar tiempo a sacar la pata. Siempre puedes pedir la foto original, estas en tu derecho, y que además, siendo un radar fijo sin operador presente, deberían ser dos fotos, en las que que no aparezca ningún otro coche en ellas. Algunas veces "recortan" la foto y te la mandan recortada, y al ser una fotocopia de una supuesta foto original, con mas motivo, pero recuerda que si pides ver las fotos originales, pierdes el derecho al pronto pago de la reducción del 50% Alguien me dijo, que puedes pagar la multa, aprovechándote del pronto pago, y recurrir después (pedir a posteriori ver las fotos). Pagar una sanción (como firmar el boletín de denuncia in situ), no significa que estés de acuerdo con ella. Pero esto ultimo lo cojo con pinzas. Si alguien nos lo puede confirmar... Citar
abergueiro Publicado 2 Octubre Reportar Publicado 2 Octubre El multanova no es un radar que este afectado por la normativa de las 2 fotos y el tema de si te cojes el pronto pago ya no hay posibilidad de recurrir ya que estás aceptado la multa . Si vas a recurrir no puedes acogerte al pronto pago . Lo de las 2 fotos se utilizo en un periodo donde no estaba clara la norma pero el cem ya se encargó de disipar todas las dudas y te puedo decir que los modelos como multanova ,cirano,rai2002 no tienen que presentar 2 fotos al ser modelos anteriores a esa norma y los nuevos como multaradarcd ,dahua etc tienen la función de seguimiento del objeto así que tampoco necesita 2 fotos . Enviado desde mi Redmi Note 9 Pro mediante Tapatalk Citar
iurisman Publicado 3 Octubre Reportar Publicado 3 Octubre Puedes pagar y beneficiarte del 50% e ir directamente al juzgado contencioso administrativo. Citar
malaga71 Publicado 5 Octubre Autor Reportar Publicado 5 Octubre No se puede uno complicar la vida por 100 euros, no merece la pena pasar por el juzgado y ellos lo saben, y si pagas estas aceptando con lo que no se puede recurrir, eso si tiene un plazo de un año para imponer la sanción , por ahora solo han emitido la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN que voy a recurrir con todo lo que pueda, les queda una vez que lo presente 40 días , espero que se entretengan y se les pase el plazo , gracias a tod@s Citar
CLF Publicado 6 Octubre Reportar Publicado 6 Octubre En 6/10/2024 a las 0:15, malaga71 dijo: No se puede uno complicar la vida por 100 euros, no merece la pena pasar por el juzgado y ellos lo saben, y si pagas estas aceptando con lo que no se puede recurrir, eso si tiene un plazo de un año para imponer la sanción , por ahora solo han emitido la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN que voy a recurrir con todo lo que pueda, les queda una vez que lo presente 40 días , espero que se entretengan y se les pase el plazo , gracias a tod@s De eso se aprovechan, de que no nos quejamos Enviado desde mi IN2013 mediante Tapatalk Citar
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