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Pues eso cazado pero no por radar sino por "CONDUCTA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA"

450 € y ME PIDEN QUE IDENTIFIQUE AL CONDUCTOR...

¿Que hacer? Se admiten sugerencias ingeniosas....:gDrogarBLACK

Gracias y tened cuidado!!!

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Según lo que cuentas no te pararon, pero entonces como pueden cazarte sino es por radar?

Te cuento les pase a 150 aprox y vi el flasazo .

Yo esperaba la receta de exceso de velocidad pero es que para evitar que me parasen sali por el carril de deceleracion cruzandome trees carriles (eso si debidamente señalizado con el intermitente:the_finge ).

Supongo que habran hecho cuentas y recaudaba mas la "conducta manifiestamente temeraria" que el exceso de velolcidad.

CABRONES!!!!!!!!!!!!!

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En la denuncia consta en qué consiste esa presunta "conducción manifestamente temeraria" ?

Si no es así, tienes fundamento para recurrirla: no basta con indicar eso, sino que deben describir el hecho o situación concreto.

Ten en cuenta, no obstante, que si recurres, te estás identificando como conductor del vehículo, y en tal caso te juegas la multa y los puntos, de manera que a lo mejor te sale más a cuenta no hacer nada y pagar solamente la multa por no identificar. (de 301 a 600 Euros, - 30% de "pronto pago" si lo aprovechas)

S2.

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teniendo en cuenta que la situación menos desfavorable es la de pagar y callar con 30% de descuento y sin identificar,

Me queda una duda, ¿¿como hago esto??? Me presento en Jefatura y les digo que no se quien conducia el vehiculo y que vengo a pagar para cerrar el expediente???

Asi '??? tal cual???? no me obligaran necesariamente a identificar????:eusa_thin

Gracias a todos.

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El tema es el siguiente: teóricamente, lo que has recibido ahora no es la denuncia por la infracción, sino un requerimiento para identificar al conductor conforme al artículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehñiculos a Motor y Seguridad Vial (en adelante, Ley de Tráfico). Fíjate bien en el texto del escrito de Tráfico, porque eso es lo que debe poner.

Si es efectivamente esto, no puedes ingresar nada, ya que ni siquiera es una denuncia. Es posible que también el escrito recibido diga en alguna parte que no puedes realizar el pago.

Si no identificas al conductor, o lo haces de forma insuficiente, entonces pueden imponerte una sanción por no haber cumplido con la obligación de identificar (art. 65, 5, i Ley de Tráfico) lo que constituye una falta muy grave, sancionada con multa de 301 a 1.500 Euros. (art. 67.2 misma Ley)

En este caso, no obstante, la infracción de tráfico originalmente cometida queda archivada por falta de responsable: para decirlo de otra manera, ya que no has identificado al conductor, el expediente sancionador se cierra respecto de la infracción de tráfico en sí misma, y se abre uno de nuevo por otra infracción distinta, que es la de la falta de identificación suficiente de conductor.

En este caso, deberás recibir una nueva comunicación de Trafico, en la que se te comunica la denuncia exclusivamente por este último concepto, con una propuesta de multa de entre 301 y 1.500 euros. Esa SI es la que podrás ingresar en su momento con reducción del 30 %. (art. 67.1 misma Ley)

En mi opinión, lo procedente es contestar el requerimiento de identificación de Tráfico con una mentira piadosa :) , como por ejemplo, que lamentablemente, no puedes identificar al conductor en ese momento concreto, puesto que el coche, aunque sea tuyo, es utilizado por varias personas de tu familia, y ninguna de ellas recuerda especialmente haberlo conducido en esa ocasión.

De esta manera, al menos intentas cumplir con tu obligación legal de identificar, y con ello, atendiendo al principio de proporcionalidad que rige el procedimento administrativo sancionador general y el de tráfico en particular, deberían imponerte la multa en su grado mínimo, es decir, por 301 Euros.

Al menos sobre el papel, la cuantía de la multa por no identificar no tiene ninguna proporción con el importe de la multa correspondiente a la infracción de tráfico originalmente cometida. La sanción que ahora se impone es por falta de colaboración, y la cuantía de la multa tiene que ver exclusivamente con el grado de incumplimiento de ese deber de colaboración, siendo obvio -aunque para Tráfico quizá no lo sea tanto...:) -que si se intenta de una manera más o menos creíble, la multa ha de imponerse en su grado mínimo.

Saludos.

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Alega que venias de viaje de trabajo e ibas con varios compañeros, y no recuerdas quien conducía en ese momento, porque os fuisteis turnando.

Pagarás el doble pero no perderás puntos.

Por cierto en que punto de la Ap 7 fue?

sls

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Alega que venias de viaje de trabajo e ibas con varios compañeros, y no recuerdas quien conducía en ese momento, porque os fuisteis turnando.

Pagarás el doble pero no perderás puntos.

Por cierto en que punto de la Ap 7 fue?

sls

No pueden ser muchos pq el coche es biplaza!!!!!

El doble de la sanción ¿de cual? la de no identificar o la de la conducta manifiestamente temeraria??? Es obvio que los 450 € que especifica el escrito hacen referencia a la infracción en si.

Por lo tanto entiendo que nadie puede pagar nada que no le puedan imputar ya que si digo "MEA CULPA" aparte de darme las gracias, me roban los € , los puntos y.......1,3,6????? de retirada????

CREO QUE SE ME VA A HACER IMPOSIBLE RECORDAR QUIEN CONDUCIA EL VEHICULO ESE DIA. :the_finge

PD: Bonito japo el de tu avatar!!

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Fundiendo, no hay que pagar el doble, puesto que eso NO lo dice la ley.

La sanción que te pueden imponer es de 301 a 1.500 Eur, pero da absolutamente igual que la multa una sola de 600 o varias infracciones acumuladas en un mismo acto (concurso de infracciones) por 1.500.

Como la sanción debe ser proporcional, si colaboras con la Administración y respondes -aunque sea diciendo que no puedes recordar quién era exactamente- y a falta de otros antecedentes, sólo deberían imponerla en grado mínimo.

S2

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Bel Maseto, ami me pidieron que identificara al conductor, yo con mucho cariño identifique a mi primo de Ucrania que vive en Portugal, la multa era de 450€ y tropecientos puntos, como no les gusto, me mandaron otra notificación de 900€ por no identificar al conductor, la cual recurrí con la fotocopia de la primera contestación y fotocopia de correo certificado, eso fue a primeros de febrero, aún no me han contestado. Todo esto para decirte que duplican cantidad de sanción como ves aqui. sl2

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Bel Maseto, ami me pidieron que identificara al conductor, yo con mucho cariño identifique a mi primo de Ucrania que vive en Portugal, la multa era de 450€ y tropecientos puntos, como no les gusto, me mandaron otra notificación de 900€ por no identificar al conductor, la cual recurrí con la fotocopia de la primera contestación y fotocopia de correo certificado, eso fue a primeros de febrero, aún no me han contestado. Todo esto para decirte que duplican cantidad de sanción como ves aqui. sl2

Supongo que si identifico a Juan Tanamera como conductor con domicilio en Ecuador me ocurrira lo mismo que a ti no????:mad:

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Supongo que si identifico a Juan Tanamera como conductor con domicilio en Ecuador me ocurrira lo mismo que a ti no????:mad:

Niidn, yo identifique a una persona realmente localizable, con domicilio real, nº de pasaporte y nº de permiso de conducir. Ahora, si ellos no se quieren molestar, o saben que no tienen nada que hacer, por si cuela, te mandan el segundo requerimiento, el cual he recurrido.Sl2 :moon:

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si ibas a 150 en zona 120 (no te quitan puntos) yo pagaria la multa y ma acogeria al descuento sin dudarlo... han sido muchos los recuros presentados por diversas multas (hasta una de conducc. temeraria) y todos fallidos

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Bel Maseto, ami me pidieron que identificara al conductor, yo con mucho cariño identifique a mi primo de Ucrania que vive en Portugal, la multa era de 450€ y tropecientos puntos, como no les gusto, me mandaron otra notificación de 900€ por no identificar al conductor, la cual recurrí con la fotocopia de la primera contestación y fotocopia de correo certificado, eso fue a primeros de febrero, aún no me han contestado. Todo esto para decirte que duplican cantidad de sanción como ves aqui. sl2

Sé que frecuentemente duplican el importe de la sanción, pero eso no lo dice la ley, ni tiene otro fundamente legal. Una cosa es lo que hace la Administración y otra muy distina lo que frecuentemente debería hacer: los tribunales de lo contencioso están justamente para eso.

Por cierto, cuando te mandaron la segunda, hicieron alguna referencia a tu escrito de identificación, en el sentido de considerarlo insuficiente ? Si no es así, Tráfico no ha actuado conforme a derecho: debían resolver en concreto sobre la identificación propuesta por tí; si no lo hicieron, supongo que fue por mero automatismo del procedimiento, pero estan obligados a hacerlo

El recurso actual -que imagino que no es tal, sino las alegaciones en fase de intrucción- quizá merzca mejor suerte. Y si lo desestiman, recurres en alzada nuevamente, que es posible. Y todavía te queda la via judicial...aunque sea más complicada y cara.

Un comentario: si esa persona existe realmente y tienes suficiente relación con ella, qué tal si presentas un escrito adicional en el que acompañas una carta de esa persona en la que reconozca ser él el conductor ? Sería un golpe de efecto magnífico...que quizá ayudaría mucho a que Tráfico entre en vereda. :)

S2.

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si ibas a 150 en zona 120 (no te quitan puntos) yo pagaria la multa y ma acogeria al descuento sin dudarlo... han sido muchos los recuros presentados por diversas multas (hasta una de conducc. temeraria) y todos fallidos

Recordad que siempre podéis pagar con descuento y recurrir después: es perfectamente posible.

S2.

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si ibas a 150 en zona 120 (no te quitan puntos) yo pagaria la multa y ma acogeria al descuento sin dudarlo... han sido muchos los recuros presentados por diversas multas (hasta una de conducc. temeraria) y todos fallidos

Recuerda que la receta NO es por velocidad sino por conducta manifiestamente temeraria, como decía, supongo que habrán hecho números para joder mas.

Saludos.:smash:

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