Carrera Publicado 16 de Abril del 2007 Reportar Publicado 16 de Abril del 2007 Se ponen en el Paseo de Pontones direccion entrada y salida a Madrid http://callejero.lanetro.com/apps/lanetro/mapas.asp?pais=es&idvia=2614&num=14&muni=Madrid&mapa=tas1e65%2Dmadrid&prov=Madrid tened cuidado que el copi ni se inmuta son camaras de esas que compraron, las ponen en un tripode.. saludos! Citar
yawy Publicado 16 de Abril del 2007 Reportar Publicado 16 de Abril del 2007 Son camaras? Son laser? Son agentes de movilidad? Esto ultimo estaria bien saber si un agente de movilidad esta cualificado para multar por medio de un cinemometro, porque con todo el lio que hubo de los cursos de homologacion de la GC lo mismo estos no tiene potestad para multar asi y las multas son papel mojado. Donde se puede mirar eso? Citar
BIELAS Publicado 9 de Octubre del 2007 Reportar Publicado 9 de Octubre del 2007 Como me han remitido esta información sobre los Agentes de Movilidad Urbana, resucito el hilo Origen normativo para crear el Cuerpo de Agente de Movilidad, al amparo de lo establecido en el apartado 3 del artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, apartado añadido por la Disposición Adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Modificación de la LO 2/1986 FCSE: Creación Cuerpos agentes de movilidad. LEY ORGÁNICA 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Disposición adicional decimoquinta. Modificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Se añade un apartado 3 al artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con la siguiente redacción: «3. En los municipios de gran población podrán crearse, por el Pleno de la Corporación, Cuerpos de funcionarios para el ejercicio exclusivo de las funciones previstas en el párrafo b) del apartado 1. Dichos funcionarios no se integrarán en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el ejercicio de esas funciones tendrán la consideración de agentes de la autoridad, subordinados a los miembros de los respectivos Cuerpos de Policía Local. Los funcionarios integrantes de los Cuerpos referidos en el párrafo anterior se regirán por las normas contenidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y las demás normas que se dicten en desarrollo y aplicación de la misma.» Citar
elbandido2003 Publicado 9 de Octubre del 2007 Reportar Publicado 9 de Octubre del 2007 Vamos que tienen presunción de veracidad y pueden pararnos...me cagüen to!!!menos mal que ellos ni lo saben. Citar
PICO Publicado 9 de Octubre del 2007 Reportar Publicado 9 de Octubre del 2007 pero bueno!!!! esto se está saliendo ya de madre.Es que nos están poniendo más vigilancia que a los putos terroristas.Serán hijos de puta!!! Citar
elbandido2003 Publicado 9 de Octubre del 2007 Reportar Publicado 9 de Octubre del 2007 Lo grabe es que si te fijas le dan derechos de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.... Citar
BIELAS Publicado 9 de Octubre del 2007 Reportar Publicado 9 de Octubre del 2007 Y anda que la triquiñuela legal de modificar la Ley de FCSE por medio de una disposición adicional en la reforma de la Ley del Poder Judicial Citar
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