ElPulpo Publicado 26 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 26 de Mayo del 2007 La DGT reconoce que alegan que no iban al volante y no identifican al infractor, de manera que sólo se les puede imponer una sanción más elevada como titulares del coche El nuevo carné de conducir, que entró en vigor en julio de 2006, tiene un resquicio legal que está siendo aprovechado por muchos conductores para no perder puntos cuando les caza el radar. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reconocido a EL CORREO que, cuando la notificación les llega a casa, esos automovilistas alegan que no iban al volante, pero no identifican al infractor. Si prospera su recurso, no pierden el permiso ni los puntos, pues la normativa sólo prevé una multa pecuniaria para el dueño del vehículo. Esa sanción económica no puede exceder de 1.500 euros, aunque en la práctica, la DGT aplica el doble de la multa que corresponde al exceso de velocidad. El Gobierno vasco impone actualmente 400 euros, 800 ó 1.200, según la gravedad del caso. A esas cantidades se les puede descontar el 30% por pronto pago. «Una multa de la DGT de 380 euros por ir a 200 kilómetros por hora, con un mes de suspensión del carné y la pérdida de seis puntos, se transforma en otra sanción de 760 euros que no resta puntos ni quita el permiso. Y con la rebaja, puede quedar en 530 euros», resume Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). Pues nada, todo el que pueda que se lo monte. :the_finge :the_finge :the_finge Citar
Invitado pidexo Publicado 26 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 26 de Mayo del 2007 Gracias por la info,no está de más el saberlo. Nunca se sabe. Citar
Vimasaca Publicado 26 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 26 de Mayo del 2007 GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSS De obligatoria lectura. Citar
Bel Maseto Publicado 26 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 26 de Mayo del 2007 La noticia corrobora lo que ya se había comentado varias veces en el foro. De todos modos, no se trata de un vacío legal, sino una consecuencia inevitable del sistema del carné por puntos: las infracciones no las cometen los automóviles por sí mismos, sino las personas que los conducen. Las denuncias deben ser comunicadas en el acto al infractor, según la Ley. En el caso en que esto no sea posible, deberán ser notificadas al propietario del vehículo para que sea éste quien a su vez identifique al conductor. Si no lo hace, la infracción originaria queda sin sanción, y se le impone al propietario una nueva sanción, en este caso, por la no identificación. Esta nueva sanción no lleva ni puede llevar asociada en ningún caso la pérdida de puntos, ya que es perfectamente posible que el propietario ni siquiera tenga carné de conducir; de hecho, es lo que ocurre con los automóviles matriculados a nombre de una persona jurídica. Éste es el sistema. Y Tráfico lo sabía perfectamente antes de implantarlo, pero no pueden hacerlo de otra manera. Por otra parte, el criterio ese de doblar la multa original que aplica Tráfico es manifiestamente ilegal: la nueva sanción por no comunicar no tiene nada que ver con la gravedad de la originaria, y para imponerla deben tenerse en cuenta exclusivamente las circunstancias de esta nueva infracción, es decir, si ha habido o no colaboración en la identificación. A este respecto, en algún post anterior se ha comentado que es conveniente contestar siempre al requerimiento de identificación, diciendo por ejemplo que el coche es usado por varios miembros de la familia y que no es posible para el propietario indicar cuál de ellos se encontraba al volante. Esto último no evitará la sanción, pero debería comportar la imposición de la multa en su cuantía mínima, es decir, 300 Eur, puesto que se ha cumplido con la obligación legal de identificar hasta donde era materialmente posible... Obviamente, Tráfico no hará ningún caso de esta alegación, e impondrá la sanción según ese peculiar criterio. Pero si alguien tiene ganas de ir al contencioso, posiblemente le acabarán dando la razón. En cualqueir caso, pues eso: a no identificar... S2. Citar
HiNote Publicado 26 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 26 de Mayo del 2007 Nada nuevo que no supieramos, no? Yo desde luego si me pillan y no me paran jamás me identificaré. Salu2 Citar
PAPI Publicado 29 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 29 de Mayo del 2007 Claro que Trafico sabía lo que hacia. El problema, para ellos, es que creen que el personal es tonto y los listos ellos y les ha salido el tiro por la culata. No me gusta que lo hayan publicado en todo el grupo Vocento, porque Trafico tambien lo habrá leido y al enemigo no se le pueden dar ideas. Mañana sacan un Decreto cualquiera diciendo lo que les conviene y se jode el invento. Recemos. Anticipo de buena fuente, que si el PP gana las proximas elecciones generales, el Pere va a la calle y no se ponen mas radares. Al tiempo. Saludos Citar
ndlbmw Publicado 29 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 29 de Mayo del 2007 ¿Cual es el problema? Si está hecho así a propósito... No os dais cuenta que de esa manera ingresan el doble de Euros por la multa, y además el infractor sigue conduciendo para poder ser pillado de nuevo... Es perfecto para el sistema de recaudación que tienen montado con las cajitas registradoras colocadas en las carreteras. ¿De verdad pensabais que no sabían que iba a pasar eso? Hombre por favor.... que sabemos que a estos lo único que les importa son los billetes, y no la seguridad de nadie. El mejor ejemplo es este. Salu2. Citar
eninchi Publicado 29 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 29 de Mayo del 2007 ¿Cual es el problema?Si está hecho así a propósito... No os dais cuenta que de esa manera ingresan el doble de Euros por la multa, y además el infractor sigue conduciendo para poder ser pillado de nuevo... Es perfecto para el sistema de recaudación que tienen montado con las cajitas registradoras colocadas en las carreteras. ¿De verdad pensabais que no sabían que iba a pasar eso? Hombre por favor.... que sabemos que a estos lo único que les importa son los billetes, y no la seguridad de nadie. El mejor ejemplo es este. Salu2. Citar
Acelera Publicado 29 de Mayo del 2007 Reportar Publicado 29 de Mayo del 2007 ¿Cual es el problema?Si está hecho así a propósito... No os dais cuenta que de esa manera ingresan el doble de Euros por la multa, y además el infractor sigue conduciendo para poder ser pillado de nuevo... Es perfecto para el sistema de recaudación que tienen montado con las cajitas registradoras colocadas en las carreteras. ¿De verdad pensabais que no sabían que iba a pasar eso? Hombre por favor.... que sabemos que a estos lo único que les importa son los billetes, y no la seguridad de nadie. El mejor ejemplo es este. Salu2. Coño que si lo sabían............................. lo tenían bien aprendido. antes de la entrada en vigor del carnet por puntos, estaba la retirada del permiso de conducir por exceso de velocidad, es que estos periódicos ya son como los políticos, nos toman por tontos, pues a lo que iba, antes ya se eludían las retiradas del permiso de conducir, no identificando al conductor, claro que entonces era una infracción grave y no podía exceder el importe de 50.000 Pts o lo que es igual 500 €, pues lo que han hecho al reformar el RGC, es que la infracción de no identificar al conductor pasaba de garve a muy grave, para subir la cuantía recaudatoria, porque con ello ya contaban los analistas económicos de la DGT. Nos ha jodido mayo con no llover En cuanto a la retracción de puntos por no identificar al conductor, no lo pusieron por dos motivos, uno: la retirada de puntos del carné es una medida pedagógica y se emplea en infracciones que supongan un riesgo para la seguridad vial, y claro como no identificar al conductor es tan arriesgado....................................... y dos: y más importante, los analistas-económicos pensaron................. si no se retraen puntos y solo se sanciona económicamente.................. puessssss blanco y en botella............................... ¡huy! no, que ahora se dice................ "Recta y Radar............................. CAJA":floor: Citar
sitabravo Publicado 24 de Septiembre del 2009 Reportar Publicado 24 de Septiembre del 2009 En mi caso la situación es parecida. Me llego una multa de un radar por exceso de velocidad por 100e pero sin perdida de puntos. El tema es q no m di cuenta de la obligacion de notificar el conductor, un descuido por mi parte, pero no habia puntos en juego. El caso es q ahora me ha llegado una multa por 310e que si pago antes de 1 mes se queda en 217e. Mis preguntas son: - Si la pago, se anula la multa anterior??? - Si recurro, alegando un descuido, (puesto q intenté pagar la primera multa antes de 1 mes) tengo posibilidad de ganar. - no decis q es el doble de la multa inicial??? Estos de la DGT lo unico q quieren es llenar las arcas, la seguridad es lo de menos, si ves dd m pusieron la multa inicial es de chiste. Radar señalizado 1 km antes, justo 20 m antes de pasar por debaja del radar señal marcando a 100 km/h en plena recta, ni curvas, ni puente, ni tunel ni na. PAra q luego digan q lo importante es nuestra seguridad. yo pase a 124 km/h Citar
Zolder Publicado 24 de Septiembre del 2009 Reportar Publicado 24 de Septiembre del 2009 Si la pagas se anula la multa por velocidad, porque no haya aquién ponérsela. Esta que has recibido forma parte de un nuevo expediente que han abierto por no identificara a su debido momento. En efecto la multa es el doble de la que correspondería por el exceso de velocodad, pero con un mínimo de 310 euros y un máximo de 1500. A tí te han puesto la sanción mínima porque el doble de la anterior era inferior al mínimo de la sancion por no identeficar. Citar
nethawk Publicado 29 de Septiembre del 2009 Reportar Publicado 29 de Septiembre del 2009 perdonar, es que nunca me ha quedado claro el tema. Si yo recibo una carta para identificar al conductor de una infracción, el procedimiento es simplemente no decir quien era? O hay que inventarse a un conductor falso o algo? O argmuentar que no lo sabiamos? Cual es el procedimiento exacto para escaquearse de los puntos?? Gracias! Citar
Sistema Publicado 1 de Octubre del 2009 Reportar Publicado 1 de Octubre del 2009 http://www.todoradares.com/foro/showpost.php?p=170197&postcount=39 Citar
vazkez Publicado 2 de Octubre del 2009 Reportar Publicado 2 de Octubre del 2009 Espero que te sigan multando en pesetas, ya que 500€ son, más o menos, 83.193 ptas. Citar
juan cantabria Publicado 2 de Octubre del 2009 Reportar Publicado 2 de Octubre del 2009 En qué países sancionan de forma doble ,como aquí ??. Con puntos y con "pelas". Somos los únicos ??. Gracias si alguien lo sabe Citar
zizouuu Publicado 10 de Octubre del 2009 Reportar Publicado 10 de Octubre del 2009 En mi caso la situación es parecida. Me llego una multa de un radar por exceso de velocidad por 100e pero sin perdida de puntos. El tema es q no m di cuenta de la obligacion de notificar el conductor, un descuido por mi parte, pero no habia puntos en juego. El caso es q ahora me ha llegado una multa por 310e que si pago antes de 1 mes se queda en 217e. Mis preguntas son: - Si la pago, se anula la multa anterior??? - Si recurro, alegando un descuido, (puesto q intenté pagar la primera multa antes de 1 mes) tengo posibilidad de ganar. - no decis q es el doble de la multa inicial??? Estos de la DGT lo unico q quieren es llenar las arcas, la seguridad es lo de menos, si ves dd m pusieron la multa inicial es de chiste. Radar señalizado 1 km antes, justo 20 m antes de pasar por debaja del radar señal marcando a 100 km/h en plena recta, ni curvas, ni puente, ni tunel ni na. PAra q luego digan q lo importante es nuestra seguridad. yo pase a 124 km/h La duda que me asalta es: ¿En la notificacion para que identifiques al conductor ya te venia la propuesta de sancion que te iba a llegar? En este caso al ser solo de 100€ si sabes que te llega solo eso y no te quitan puntos entonces habria que decir que conduces tu....y pagarla por pronto con 30% descuento...... O por el contrario no te dicen de que sancion se trata? Citar
supermirafiori Publicado 12 de Octubre del 2009 Reportar Publicado 12 de Octubre del 2009 Saludos a todos. Vereis, en cuanto a multas a turismos que no són detenidos al momento, lo tengo claro. Lo que no tengo claro es por ejemplo en un camión, el cual dispone de tacógrafo, si te hacen una foto con un camuflado. Al recibir el requerimiento de identificación ¿ desaparece la posibilidad de alegar desconocimiento del conductor en el dia y hora señalados en la denúncia, por poder ellos solicitar los discos del tacógrafo , o son mas perros y prefieren doblar el importe de la multa y olvidarse del tema ? Gracias de antemano y saludos de nuevo ! Citar
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