elalex Publicado 19 de Junio del 2007 Reportar Publicado 19 de Junio del 2007 Antes de decirme que es repost... Digo en mi favor que he leído unos cuantos post para ver si estaba resuelta mi duda, pero creo que no lo esta... Todos coinciden que no identificar al conductor supone una multa de, entre 300 € y 1.500 € y retirada de 1 a 3 meses del carnet... Pero claro, entre 300 € y 1.500 € va un pequeño abismo... ¿Alguien sabe cual es el baremo que se utiliza 100% seguro? Porque he leído en otros foros que es el doble de la sanción económica de la multa original, en otros he leído que si es la primera vez son 301 € ¿¿?? Citar
Bel Maseto Publicado 19 de Junio del 2007 Reportar Publicado 19 de Junio del 2007 No hay retirada de carné. Es un equivoco frecuente, derivado del hecho que la no identificación se considera infracción muy grave, y todas las infracciones muy graves llevan aparejada la retirada de 1 a 3 meses. Pero obviamente, no se puede sancionar con la retirada de carné una acción u omisión que no necesita del carné para ser cometida: el sancionado es el propietario, y éste puede perfectamente no ser el conductor, incluso en ocasiones es imposible que lo sea, por ejemplo, cuando el vehículo pertenece a una persona jurídica. En cuanto a la graduación de 300 a 1.500 Eur., parece ser que el criterio que se aplica es el de doblar la cuantía de la infracción inicialmente cometida, aunque este criterio no está recogido en la ley ni responde al principio de proporcionalidad. Pero es lo que hacen... S2. Citar
HiNote Publicado 19 de Junio del 2007 Reportar Publicado 19 de Junio del 2007 Está ya MUY tratado en el foro... Suelen poner el doble de la denuncia, es decir, si te pillan con el radar con 300€, por no identificar serían 600€ y si la multa fuera de 500€ la de no identificar sería de 1000€. Lo de la primera vez 300 es un cuento. Salu2. PD. Para la próxima utiliza buscar, que es sorprendente la de temas que se encuentran utilizando ese botoncito mágico... Citar
elalex Publicado 19 de Junio del 2007 Autor Reportar Publicado 19 de Junio del 2007 Por favor, ponme un hilo donde se especifique claramente las cantidades a pagar... Porque yo no lo he visto... He visto 6 o 7 hilos que tratan el tema, pero no lo he encontrado... De hecho lo que pones (y agradezco la información!) ya lo había leído antes... Pero no he leído a nadie asegurar que así es. De esos 600 € seria aplicable aquello del 30% de descuento por pronto pago? (tampoco lo he encontrado utilizando el buscador) Gracias!! Citar
HiNote Publicado 20 de Junio del 2007 Reportar Publicado 20 de Junio del 2007 El baremo es el doble y punto. No es una norma oficial ni está recogida en ninguna parte. Nadie puede asegurar que sea así pero es el baremo que siguen. En cuanto al descuento por pronto pago, sí que te te puedes beneficiar del mismo y que la multa resulte un poco más barata. Salu2 Citar
supertole Publicado 21 de Junio del 2007 Reportar Publicado 21 de Junio del 2007 Pues se de dos casos en Madrid donde han sido 500 euros cada uno. Yo creo que depende de donde venga la multa (ayuntamiento, GC etc) y por consiguiente de quien la tramita. Citar
Publicaciones recomendadas
Unirse a la conversación
Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, conecta ahora para publicar con tu cuenta.