EDMAR Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 Bueno, la cosa empezó aquí: http://www.todoradares.com/foro/showthread.php?t=8674 Pues bien, el 5/11/07 en escrito de alegaciones y petición de prueba, pido que se me envie fotocopia completa de la fotografía original donde aparezcan los datos que han servido para acusarme de la infracción. Explico que hasta ahora sólo tengo una foto de mi coche perfectamente recortada sin ningún tipo de inscripción, que ha podido ser hecha por cualquiera en cualquier lugar y un Certificado de Homologación que ellos dicen que corresponde al radar fijo que me fotografió. Hace unos días, 17/2/08 me contesta la JPT de Sevilla desestimando mi petición "dado que no se considera necesario para la determinación de los hechos probados"..... y me vuelven a dar 15 dias ¡¡para alegar !! Preguntas retóricas: ¿Son imbéciles? ¿Nos toman por imbéciles? ¿En la DGT no se fían de los curritos de provincias y les "recomiendan" que digan "no a todo"? ¿Qué se ve en esa foto?..... A este paso acabarán metiendo la mano directamente en nuestras cuentas corrientes...eso si luego podremos alegar, que para eso esto es un estado de derecho jajaja. Saludos. Citar
desade Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 Joder qué extraño... es como si te meten una bolsita de cocaína en el maletero y te dicen ¡anda! y esto?? s2 Citar
Carkits Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 No es tan extraño la administracion deniega sistematicamente, los recursos para obligarte a pagar aun a sabiendas de que no tienen razon. El motivo prefieres pagar 200 € a meterte en un proceso contencioso administrativo. A ver si Bel te puede ayudar. S2 Citar
Bel Maseto Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 Son una panda de ... A ver si alguna vez se enteran: no es un problema de si son o no necesarios para la determinación de los hechos -según ellos- probados, sino que es un derecho esencial del Administrado: Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC) Artículo 35. Derechos de los ciudadanos. Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos: A) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos. ... J) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.... En tu caso concreto, y aunque en principio los actos de trámite no son recurribles por sí mismos, y en consecuencia no cabe recurso contra esa denegación de pruebas, yo lo que haría es presentar un escrito YA MISMO en el que: A) Solicitas, en base en el apartado A) del artículo citado de la LRJAP-PAC, la remisión de una copia exacta de la fotografía. B) Solicitas la suspensión del nuevo plazo de alegaciones otorgado mientras no te sea enviada la documentación solicitada. C) Adviertes expresamente al destinatario que, de acuerdo con el apartado J) del mismo artículo, se exigirán las responsabilidades legales a que hubiere lugar en caso de denegación de esta petición. Esto último, aunque un tanto agresivo, lo reconozco, es importante: entiendo que es necesario que el pu** funcionario de los coj*** comience a tener claro que, si no hace lo que debe, tenemos nuestros derechos, y pensamos ejercerlos. Esto es un Estado de Derecho, aunque a algunos les pese. Y si no les gusta, que se vayan a su casa, y se dediquen a cualquier otra cosa. Son servidores públicos, y lo que cobran lo pagamos entre todos, así que deberían entender de una vez que la función que desempeñan es servir a la comunidad conforme a la legalidad, no según su particular criterio. Espero que te sirva. Saludos. Citar
Bel Maseto Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 Por cierto, yo, con cierta sorna, incluso me permetiría acompañar al escrito en cuestión una copia del BOE del día en que se publicó la Ley...por si el susodicho no hubiera tenido ocasión de leerla en su día. Saludos de nuevo. Citar
Carkits Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 Jo jo jo es buenisimo, lo triste es que dia si y dia tambien la denegacion es automatica. S2 Citar
julian1982 Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 es una verguenza como funciona nuestro estado. s2 Citar
mingoma Publicado 10 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 La justicia está arrestada por orden de la avaricia (Fito dixit) Citar
EDMAR Publicado 10 de Febrero del 2008 Autor Reportar Publicado 10 de Febrero del 2008 Muchas gracias, Bel Maseto Acabo de terminar el escrito con los puntos que me indicas (incluyendo el tercero) y las fotocopias del Boe. Mañana... bueno hoy...lo entrego. Aunque me da que en este país ya no se acojona nadie por saltarse las leyes a la torera. Son muchos años en los que los de arriba nos han ido enseñando. En fin, gracias de nuevo. Un saludo Citar
Bel Maseto Publicado 11 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 11 de Febrero del 2008 Edmar, a ver si ahora hay más suerte. Tennos informados, que esto interesa a todos. Saludos. Citar
HiNote Publicado 11 de Febrero del 2008 Reportar Publicado 11 de Febrero del 2008 Ellos se basan en que tiran para adelante como sea y si pagas, pues eso se llevan. A mi me pasó que me pusieron una multa de radar hace como 10 años y estuve 2 recurriendo. La multa era una chapuza completa, salían 2 coches en la foto, artículos mal puestos.... Al final teminé pagando poque o me embargaban o iba a juicio. El juicio lo ganaba, que lo consulté, pero me salía MUCHO más barato pagar... triste pero cierto. Por lo menos me "perdonaron" el mes sin carnet... que si no iba a juicio de cabeza... Salu2 y SUERTE! Citar
EDMAR Publicado 29 de Marzo del 2008 Autor Reportar Publicado 29 de Marzo del 2008 Pues ya he recibido la última "carta tipo" de la JPT de Sevilla..... Vistas sus alegaciones y las diligencias practicadas en el expediente de referencia...............ACUERDO.......imponerle una multa de 100 euros Por tres veces les he pedido la fotografía completa, pues ni caso. Por ello, desde aquí quiero expresar mi felicitación a la Unidad de Sanciones de la JPT de Sevilla y en especial a su Jefa por el trabajo riguroso y bien hecho en defensa de la legalidad vigente y por el trato que dan a sus administrados. Después de experiencias como estas uno se siente más a gusto pagándoles el sueldo a unos funcionarios tan ejemplares y como digo en el título me siento..... ¡Mira! a lo mejor le envio una carta personal de felicitación y agradecimiento :rofl: Citar
Bel Maseto Publicado 29 de Marzo del 2008 Reportar Publicado 29 de Marzo del 2008 Edmar, lamento el desenlace, pero no desesperes: si el contenido de la resolución es ése, es nula de pleno derecho por falta de motivación. Cito lo siguiente de un artículo jurídico leído en noticiasjuridicas.com, referido concretamente al procedimiento sancionador de tráfico: "...Concretamente el art 139 de la Ley 30/1992, en su apartado 1º exige que la resolución que ponga fin al procedimiento sancionador "habrá de ser motivada y resolverá todas las cuestiones planteadas en el expediente"; exigencia de motivación que reitera el art 15 del RD 320/1994... También el Tribunal Constitucional en sus sentencias 36/82, 66/95, 128/97, entre otras muchas, señala que, de poco sirve que el procedimiento sancionador en materia de tráfico tenga una fase de alegaciones para la defensa del interesado si no existe un correlativo deber de responderlas o proclamar el derecho a la presunción de inocencia si no se exige al órgano decisor que exteriorice la valoración de la prueba practicada y sus consecuencias incriminatorias. La motivación conecta el acto a la legalidad y en el caso que analizamos, la resolución que se impugna carece de toda motivación por lo que no existe, en consecuencia, unión o conexión entre la citada resolución y la legalidad. Esa falta absoluta de motivación es causa de nulidad del acto por infracción del art 54.1 a) de la Ley 30/1992, pues provoca indefensión. La proporcionalidad de la sanción, que ha de poder controlarse, es un principio ínsito en el derecho sancionador administrativo, como lo es en el derecho penal cuyos principios le son aplicables como ha señalado el TC desde su sentencia de 8 de Junio de 1981, y en consecuencia, inmotivada y no justificada por la Administración la procedencia de la sanción la resolución impugnada no puede mantenerse." Te aconsejo volver a la carga, esta vez vía recurso de alzada, en el que solicitas la nulidad de la resolución sancionadora por falta de motivación y por no haber resuelto todas las cuestiones planteadas en el expediente, lo que constituye infracción del art.54.1 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si quieres, lo preparas y lo comentamos. Saludos. Citar
lego Publicado 30 de Marzo del 2008 Reportar Publicado 30 de Marzo del 2008 Bel Maseto eres mi ídolo. Personas como tú me hacen pensar a veces que me tendría que haber dediacado al derecho y no a las ciencias... Citar
Bel Maseto Publicado 30 de Marzo del 2008 Reportar Publicado 30 de Marzo del 2008 ...Personas como tú me hacen pensar a veces que me tendría que haber dediacado al derecho y no a las ciencias... No creas, yo a veces pienso justamente lo contrario: cuánto lamento no haber hecho una ingeniería técnica superior, rama "cómo-inutilizar-un-autovelox-"... :-) Citar
Invitado pidexo Publicado 30 de Marzo del 2008 Reportar Publicado 30 de Marzo del 2008 No creas, yo a veces pienso justamente lo contrario: cuánto lamento no haber hecho una ingeniería técnica superior, rama "cómo-inutilizar-un-autovelox-"... :-) Citar
EDMAR Publicado 30 de Marzo del 2008 Autor Reportar Publicado 30 de Marzo del 2008 No creas, yo a veces pienso justamente lo contrario: cuánto lamento no haber hecho una ingeniería técnica superior, rama "cómo-inutilizar-un-autovelox-"... :-) No creas, yo hice una ingeniería. Pero tenía que haber elegido la especialidad de "cómo inutilizar a inútiles". Ellos son los dañinos y no las máquinas :floor: Ahora en serio, Bel Maseto gracias por todo. Acepto el ofrecimiento. Cuando me ponga a redactar el recurso te lo comento. En realidad, llegados a este punto, no desearía que declararan nulo todo el procedimiento sino que obligaran a estos "funcionarios ejemplares" a cumplir las leyes....daría gustoso los 100 euros. En fin, esperaré a que se me pase antes de ponerme a escribir. Gracias y un saludo. Citar
EDMAR Publicado 16 de Abril del 2008 Autor Reportar Publicado 16 de Abril del 2008 Bel Maseto, te envío un privado. Saludos Citar
ProhibidoSev Publicado 12 de Julio del 2008 Reportar Publicado 12 de Julio del 2008 mismo caso que EDMAR, solo que a mi me deniegan la solicitud que les hice de la foto original, aludiendo que la prueba fotográfica que sirve de basea la denuncia me fué enviada con la notificación de iniciacion de procedimiento (solo una fotocopia en la que aparece mi coche recortado), esta respuesta me la envian en un oficio con acuse de recibo pero en dicho oficio no me dan ningún plazo de alegaciones ni nada, en vista a lo cual? cómo de de proceder? gracias de antemano Citar
EDMAR Publicado 15 de Julio del 2008 Autor Reportar Publicado 15 de Julio del 2008 Siento la tardanza Prohibido Sev Mi caso en resumen: -Me mandan fotocopia recortada de mi coche para que identifique al conductor -Contesto que el conductor soy yo -Me mandan la notificación de inicio de expediente (con la misma fotocopia) -Solicito me envíen la foto completa (asesoramiento de Bel Maseto en este hilo) -Me envian la misma fotocopia recortada y el certificado de un cinemómetro -Vuelvo a pedir la foto completa, amenazándolos (legalmente) -No espero a que me contesten (no lo harán), y antes de que pase el plazo de 15 días presento escrito de alegaciones (donde vuelvo a amenazarlos legalmente) -Me comunican que dan por concluido el expediente y que son 100 euros, que pague o presente un recurso de alzada -Presento el recurso de alzada (21 de Abril) -Sin noticias hasta la fecha *************************************** Todos los argumentos legales están en este hilo gracias a Bel Maseto El escribir a las Jefaturas Provinciales es como hablarle a las piedras pero hay que hacerlo para luego poder alegar indefension en el recurso de alzada. Muy importante cumplir todos los plazos. Si del último escrito no tienes plazos contesta ya Si eres de Sevilla puedes intentar ir personalmente a que te muestren la fotografía que obra en tu expediente. Llevándoles la ley donde se recoge ese derecho. A ver qué dicen En fin, si necesitas algo más.... Saludos y suerte Citar
FocusNegro Publicado 30 de Julio del 2008 Reportar Publicado 30 de Julio del 2008 Hola EDMAR, mi caso es muy similar al tuyo, es decir, me mandaron una foto muy oscura en la que sólo se veía el culo del coche. Te quería comentar, si el escrito recurriendo para solicitar la foto completa lo elaboraste tú o te serviste de alguna plantilla; es por facilitarme un poco el trabajo cuando me llegue la multa, una vez haya identificado al conductor del coche. Muchas gracias y suerte Citar
EDMAR Publicado 29 de Agosto del 2008 Autor Reportar Publicado 29 de Agosto del 2008 Hola FocusNegro, siento la tardanza....la desconexión por vacaciones jeje. Efectivamente, todos los recursos los he redactado yo sin ayuda de plantillas, eso si con las aportaciones legales de Bel Maseto (están en este mismo hilo). Cuéntanos como evoluciona tu caso Yo, hasta ahora, no he tenido contestación al Recurso de Alzada (enviado el 21 de Abril) Saludos. Citar
jmprado Publicado 20 de Febrero del 2009 Reportar Publicado 20 de Febrero del 2009 Hola Edmar: He tenido una situación similar a la tuya; me acaba de llegar la segunda carta de Tráfico (en la primera me denegaban la foto) en la que dan por concluso el expediente por "que las actuaciones practicadas permiten estimar probada la comisión del mismo por el médio técnico (cinemómetro-radar) que sirvió de base para captar la infracción" ACUERDO....... multa de 140 euros. Me gustaría saber si es como la que recibiste tú y por tanto puedo interponer recurso de alzada. Por cierto, ¿Te han contestado? Muchísimas gracias de antemano. Citar
EDMAR Publicado 22 de Febrero del 2009 Autor Reportar Publicado 22 de Febrero del 2009 Efectivamente jmprado, el entrecomillado es parte del escrito tipo que les sirve para contestar a todos. Y puesto que has llegado hasta ahí lo único que puedes hacer ahora es retrasar el pago lo máximo posible con el recurso de alzada. Si es lo que yo creo al final tendrás que pagarla. A mi me contestaron el recurso de alzada (por rimera vez en muchos años) con otro escrito que no pegaba ni con cola a mis alegaciones. Cada vez estoy más convencido de que han dado la orden (de forma explícita o tácita) a agentes y funcionarios de: multad por lo que os parezca y que no prospere ningún recurso. Me gustaría equivocarme en tu caso. Suerte y ya nos contarás. Un saludo. Citar
jmprado Publicado 22 de Febrero del 2009 Reportar Publicado 22 de Febrero del 2009 Muchas gracias Edmar. Tengo un mes para pensar lo del recurso. Todavía no tengo claro si hacerlo para retrasar el pago y que se j.. o pasar de rollos y pagar antes de que acabe el mes; esto último siempre y cuando tenga aún el "descuento por rebajas" del 30%. Estoy de acuerdo contigo y se pasan todo por el forro porque la ley es clara respecto a los datos que han de figurar en la foto. Lo que más me jode es que por pasarme 1 Km me ventilan 2 puntos. Saludos y gracias de nuevo. Citar
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