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Resulta que hoy me llama un amigo y me dice que le han pillado el detector. Le para la policia foral en un peaje y le dice: Tu llevas detector. Mi amigo, incauto va y le dice. Y tu como lo sabes? policia: te hemos detectado que llevabas. amigo, conocido: si quite la centralita hace tiempo y la tengo en casa(es verdad) policia: aunque no tenga centralita es igual, detectamos la antena.

Llevaba un 975r, no el roadpilot. mi amigo, lleva un bmw. le han parado por provabilidades, ademas cae en la trampa. Le han dicho que 2 puntos, 150 euros y un mes de retirada. Aqui el mes de retirada ya es habitual.

Total, que en Navarra, ya casi nadie lleva detector

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Pues supongo que haciendo un recurso en el que conste que no llevas centralita instalada (por tanto no estás usando el detector, que es lo que está penalizado) adiós muy buenas y ni multa ni puntos. Supongo que una buena solución es hacer constar en el comprobante de la denuncia que no llevas instalada la centralita.

Por cierto, tu amigo puede dejarte la multa, la escaneas y la cuelgas en el foro?

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Un mes de retirada??????????

La sancion por llevar detector no es 2 puntos y 150 € menos descuento por pago en menos de 10 dias?

De todos modos, si no tiene centralita, que recurra, siempre y cuando este reflejado en esta.

salu2

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En mi opinión, NO debe en ningún caso presentarse un recurso diciendo que sí llevo la antena, pero no la centralita. Si se hace eso, se está reconociendo de hecho el uso de un dispositivo ilegal.

Si el agente no vió materialmente la antena o el cableado, y en la denuncia no consta nada más allá de la descripción genérica de la infracción, yo presentaría el recurso negando totalmente los hechos, indicando que, desde luego, tu amigo no llevaba copi de ninguna clase, y que se trata de un error de apreciación del agente, quien se empeñó en entender que tenía uno instalado a pesar de que en ningún momento lo comprobó materialmente de ninguna manera.

En ese escrito, pides expresamente que se abra fase de prueba en el expediente sancionador, y solicitas que, dentro de ella, se practique prueba testifical consistente en lel interrogatorio del agente -lo siento, pero se dice así- en relación con las circunstancias en las que tuvo lugar la denuncia de acuerdo con el cuestionario que les remites, en el que podrías incluir:

1).- Si recuerda claramente la descripción física, así como en términos generales, la ropa que vestía el denunciado.

2).- Qué tipo de control estaba realizando en ese momento, si era de carácter genérico, o bien específico de detección de antiradares, con expresión en el primer caso de las razones que le indujeron a sospechar de que el vehículo en cuestión equipaba un antiradar, o bien si fueron empleados medios tecnológicos al efecto, indicando en tal caso marca, modelo y datos de homologación del aparato en cuestión.

3).- Qué tipo de inspección concreta realizó en el vehículo, y cuánto tiempo empleó en ella.

4).- En qué parte del vehículo (exterior, interior o ámbas) estaba instalado el presunto dispositivo, qué clase de instalación (cableado, etc) apreció y en qué partes del vano motor encontró claros indicios de ella.

5).- Qué tipo de presunto antiradar equipaba el denunciado: fijo o removible, cuál era su descripción general en cuanto a forma, color y/o aspecto, y si ostentaba algún signo externo identificativo como marca, modelo comercial o fabricante.

6).- Qué elementos interiores de caracter avisador -puesto que se supone que un antiradar sirve para eso- encontró en concreto, con descripción de su marca, modelo, aspecto general, ubicación y demás circunstancias relevantes.

No sé si te harán mucho caso, es posible que denieguen la prueba por impertinente, pero tendrán que dar una resolución motivada en ese caso, y posiblemente se incrementen tus opciones de éxito en alzada o en vía contenciosa.

Ya que les gusta multar...que trabajen un rato, que nunca está de más.

Saludos.

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En mi opinión, NO debe en ningún caso presentarse un recurso diciendo que sí llevo la antena, pero no la centralita. Si se hace eso, se está reconociendo de hecho el uso de un dispositivo ilegal.

Si el agente no vió materialmente la antena o el cableado, y en la denuncia no consta nada más allá de la descripción genérica de la infracción, yo presentaría el recurso negando totalmente los hechos, indicando que, desde luego, tu amigo no llevaba copi de ninguna clase, y que se trata de un error de apreciación del agente, quien se empeñó en entender que tenía uno instalado a pesar de que en ningún momento lo comprobó materialmente de ninguna manera.

En ese escrito, pides expresamente que se abra fase de prueba en el expediente sancionador, y solicitas que, dentro de ella, se practique prueba testifical consistente en lel interrogatorio del agente -lo siento, pero se dice así- en relación con las circunstancias en las que tuvo lugar la denuncia de acuerdo con el cuestionario que les remites, en el que podrías incluir:

1).- Si recuerda claramente la descripción física, así como en términos generales, la ropa que vestía el denunciado.

2).- Qué tipo de control estaba realizando en ese momento, si era de carácter genérico, o bien específico de detección de antiradares, con expresión en el primer caso de las razones que le indujeron a sospechar de que el vehículo en cuestión equipaba un antiradar, o bien si fueron empleados medios tecnológicos al efecto, indicando en tal caso marca, modelo y datos de homologación del aparato en cuestión.

3).- Qué tipo de inspección concreta realizó en el vehículo, y cuánto tiempo empleó en ella.

4).- En qué parte del vehículo (exterior, interior o ámbas) estaba instalado el presunto dispositivo, qué clase de instalación (cableado, etc) apreció y en qué partes del vano motor encontró claros indicios de ella.

5).- Qué tipo de presunto antiradar equipaba el denunciado: fijo o removible, cuál era su descripción general en cuanto a forma, color y/o aspecto, y si ostentaba algún signo externo identificativo como marca, modelo comercial o fabricante.

6).- Qué elementos interiores de caracter avisador -puesto que se supone que un antiradar sirve para eso- encontró en concreto, con descripción de su marca, modelo, aspecto general, ubicación y demás circunstancias relevantes.

No sé si te harán mucho caso, es posible que denieguen la prueba por impertinente, pero tendrán que dar una resolución motivada en ese caso, y posiblemente se incrementen tus opciones de éxito en alzada o en vía contenciosa.

Ya que les gusta multar...que trabajen un rato, que nunca está de más.

Saludos.

Quien sabe, sabe!! Para mi este es el decálogo (aunque solo sean 6 puntos) de cualquier buen recurso!!! OLE!

:party:

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Lo que esta claro es que se ha puesto de moda multar por antirradar, pero bueno habra que tener paciencia porque como toda moda se pasara y tenemos de nuestra parte que suelen ser bastante chapuzas y presuntuosos y eso les lleva a cometer fallos en los que nos podemos apollar en nuestro recursos.

Suerte a tu amigo y un saludo.

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Si vemos la Ley 17/2005 de 19 de Julio por la que se regula el permiso y licencia de conducción por puntos etc., resulta que:

Articulo 65. Cuadro de Infracciones.

4. Son infracciones graves las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:

g) Conducir vehiculos que tengan intalados mecanismos o sistemas encaminados a .........

Articulo 67 Sanciones.

Las graves con multa de 91 a 300 €. En el caso de infracciones graves podra imponerse , ademas la sanción de de suspensión del permiso ó licencia por el tiempo minimo de un mes a maximo tres meses.

Por tanto y por desgracia aqui en Navarra estamos jodidos del todo y encima tengo confirmaciones de que van a saco con este tema sobre todo la Foral.

Coche de gama alta y Autopista A-15 cuidadin la mayoria de los dias, si ayer decia en otro post que el sabado estaban, hoy os confirmo que ayer a un compañero de trabajo le localizarón el parato, directamente abra usted el capo y empezar a tirar de cables etc.

150 € y 2 puntos de momento no le comentarón nada de suspensión, pero esto me imagino que sera como todo, dependiendo de como le de al Foralin ó te "folla" (con perdón), ó solo te aplica la sanción.

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A tirar de cables???? Yo tengo claro que antes que tirar de algún cable me tienen que apuntar con la pistola... SE MIRA PERO NO SE TOCA.

Yo entiendo que se refiere a que va siguiendo los distintos cables sueltos que hay en el coche (que por lo menos en el mio son solo dos y uno va a la antena) hasta que encuentra la antena y te multa, en ningun caso creo que se refiere a arrancar cables.

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A tirar de cables???? Yo tengo claro que antes que tirar de algún cable me tienen que apuntar con la pistola... SE MIRA PERO NO SE TOCA.

Jode, que es una forma de hablar, siguierón los cables que tenia a la vista "sospechosos" y premio.

La cosa es que hasta la fecha cuando te instalaban el copy, el cable de la antena lo escondias para que no quedara a la vista, pero ya si no haces un trabajito de cojones para esconder la antena estas jodido.

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