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Se me ocurre que un posible componente del recurso por inspección por DDR podría ser la quizás no licencia o autorización del poli en cuestión para manejar el aparatejo. Quiero decir, ¿hace falta un "título" o cursillo del agente para utilizar el DDR?

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Un forero me ha mandado por privado copia de la denuncia que hicieron hace poco los mossos a su padre, y en ella pone que la sanción es por "utilizar y llevar instalado en el vehículo un mecanismo encaminado a detectar el radar".

Teniendo en cuenta que la prohibición literal de la Ley es "Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radar.", me llama la atención la redacción utilizada, ya que hace una curiosa mezca de conceptos entre los "mecanismos encaminados a eludir" (que está prohibido) y los "detectores de radar", de los que sólo se prohibe su uso. Y además, incluye en la denuncia la expresión "utilizar", que es muy prometedora...

Voy a mirar, si tengo tiempo, de ayudarle con el recurso. La linea argumental sería la de admitir que se lleva el detector instalado, lo que no está expresamente prohibido, pero negar su utilización: el copy se utiliza sólo donde es legal, y el resto del tiempo se lleva apagado. Y situado aquí el tema, preguntar expresamente, y pedir en fase de prueba, que el mosso denunciante declare cómo pudo advertir o comprobar que el copy estaba operativo.

Si a eso nos contestaran que lo han hecho empleando el RDD...ya son nuestros: se prepara un argumentativo final diciendo que el artilugio éste de los cojones es ilegal, ya que ni su uso está reglamentado ni está certificado por el Centro Español de Metrología, además del indiscutible y definitivo hecho de que tales "aparatitos", a diferencia de los radares y la fotografía que los acompaña, son técnicamente incapaces de discriminar de forma indubitada cuál de los vehículos que circulaban por la vía en ese momento estaba usando un antiradar, por lo que son inútiles para constituir prueba de cargo.

No sé si podré cuidarme de este tema, pero por poco que pueda, lo intentaré.

Saludos.

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... a ver si tenemos suerte y por lo menos les tocamos un poco los cojones como hacen ellos con nosotros, s2

De eso se trata, justamente...

Lo que pasa es que, además, también tengo en la cocina el recurso de un amigo con el tema del descalibrado de TGN, y uno no puede llegar a todo, que también hay que cuidar del negocio, leñe...

A ver si puedo meterme con los dos, ya que tanto el uno como el otro son temas que nos interesan mucho a todos...aunque yo pronto me libro de ellos: mañana cambio el 966 por el STI en uno de mis niños, y el jueves, en el otro, así que a partir de ya mismo, por lo que a mi respecta, se van a quedar a dos velas...

Saludos.

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Eso si dicen que ha sido utilizando RDD, pero aligual que nosotros aquí vamos pensando argumentaciones para el recurso, ellos tambien están bien asesorados y posiblemente la forma de cumplimentar las denuncias en estos casos vaya variando para que tengamos menos posibilidades de recurrir las denuncias.

En concreto, tambien pueden argumentar, circulación sospechosa...frenar ante un radar o camuflado, movimientos extraños del conductor dentro del vehículo al localizar a los agentes, etc...

Yo creo que nunca hasta que estén homologados, se les va a poder pillar por el uso del RDD, y ya hemos visto que aunque lo tengamos instalado y no utilizándolo...recetan igual. ¿Alguien ha sido denunciado y recurrido y ganado argumentando que aunque instalado, no se estaba utilizando?.... yo no lo he visto aún, lo pregunto por curiosidad.

PD: Bel Maseto, como siempre un 10, y es un placer tenerte por aquí... :)

Salu2

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El RAE es claro con el termino utilizar. En el caso de los detectores de radar se necesitan las dos partes, antena que capte ondas y un elemento que avise de la captación de ondas(centralita). Muy diferente es la instalación de inhibidores.

Salu2

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Yo sigo en mis trece de que eludir es evitar...y nosotros no llevamos ningún mecanismo para evitar...ya que la medida de velocidad por parte del radar se realiza...

Un detector de radar no elude, el radar mide y mide la velocidad correcta...no evita la medida

Un inhibidor si elude, evita que en la pistola salga la velocidad correcta

Por otro lado Bel, chapeau!!

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Yo sigo en mis trece de que eludir es evitar...y nosotros no llevamos ningún mecanismo para evitar...ya que la medida de velocidad por parte del radar se realiza...

Un detector de radar no elude, el radar mide y mide la velocidad correcta...no evita la medida

Un inhibidor si elude, evita que en la pistola salga la velocidad correcta

Por otro lado Bel, chapeau!!

muy bueno, eso es base del recurso

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muy bueno, eso es base del recurso
si que es bueno si

Según la RAE

Definición de eludir

1. tr. Evitar con astucia una dificultad o una obligación. Eludir el problema. Eludir impuestos.

2. tr. Esquivar el encuentro con alguien o con algo. Eludió su mirada. U. t. c. prnl.

3. tr. No tener en cuenta algo, por inadvertencia o intencionadamente. Eludió su reproche.

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