Hate_N_Love Publicado 8 de Abril del 2008 Reportar Publicado 8 de Abril del 2008 Bueno pues me ha llegado una multa en el municipio de Fuenlabrada (Madrid) Hecho denunciado: Utilizar durante la conduccion dispositivos de telefonia movil o cualquier otro medio o sistema de comunicacion que requiera la intervencion manual del conductor. Motivo no notificacion en el acto: Agente regulando el trafico. 150 Euros Prontopago: 105 Euros Me gustaria saber como puedo recurrir la multa. Algun texto o consejo? Donde tengo que mandar la carta? Es que perfectamente podia estar arrascandome la oreja y el agente creyó verme hablando por movil, ya que os aseguro que ningun agente me ha parado para decirme nada... Asique me parece un atropello. Gracias de antemano, es que ando perdido en temas de recursos. Citar
Hate_N_Love Publicado 9 de Abril del 2008 Autor Reportar Publicado 9 de Abril del 2008 Por favor, alguna ayuda. Alguna plantilla ? Citar
Giorginho Publicado 9 de Abril del 2008 Reportar Publicado 9 de Abril del 2008 Me parece que hay un recurso por ahí que colgó Bel Maseto.... pero no sé donde. Usa el buscador aver si lo encuentras. Saludos Citar
Amos Publicado 9 de Abril del 2008 Reportar Publicado 9 de Abril del 2008 Ale una ayudita.... http://www.todoradares.es/foro/showthread.php?t=10346 Citar
Giorginho Publicado 9 de Abril del 2008 Reportar Publicado 9 de Abril del 2008 Mira si es wena persona.... Gracias Amos! Es el MOVIL.rar xddddd Citar
Hate_N_Love Publicado 28 de Junio del 2010 Autor Reportar Publicado 28 de Junio del 2010 Hola a todos después de mucho tiempo! Pues nada, sobre esta multa, después de recurrir varias veces y después de 1 año y medio Me amenaza el Ayto de Fuenlabrada que me tengo que presentar en 10 días. Os expongo la carta: COMUNICACION SOBRE PUBLICACION DE EDICTO En el expediente Ejecutivo que se le instruye en esta Oficina Tributaria, ha sido intentada, por dos ocasiones, la notificación de la Providencia de Apremio, sin que a su pesar haya sido posible practicarla y de conformidad con lo dispuesto en el art.112 de la Ley 58/2003 de 17diciembre, Ley General Tirbutaria, en concordancia con el art. 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 noviembre de Regimen Juridico de las Administraciones publicas y procedimiento Apremio ha sido publicada mediante Edicto en el Boletin oficial de la comunidad de madrid, paginas 448-455 del nº 146 de 21 junio 2010. Por la presente , se le cita para que comparezca por si o por medio de representatnte en el plazo de 10 dias contados a partir del siguiente al de la publicacion del Edictor, a fin de ser informado sobre el acto notificado. Dicha comparecencia debera efectuarse en la sede de la oficina tributaria del Ayo Fuenlabrada, en dias laborables etc a etc, advirtiendole que, transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificacion se entendera producida a todos los efectos legales a partir del vencimiento del plazo señalado para comparecer, procediendose al inicio del procedimiento de embargo sobre sus bienes y derechos, de acuerdo a la legislacion vigente.... Hay alguna escapatoria? Que podría pasar? Recuerdo que el agente local dice que yo iba con 1 movil o 1 dispositivo manual etc... Y que no me paro por que estaba regulando el trafico... POR FAVOR, ALGUN CONSEJO PORQUE ME TIENEN HASTA LOS ******** OS LO AGRADEZCO DE ANTEMANO Citar
Invitado pidexo Publicado 28 de Junio del 2010 Reportar Publicado 28 de Junio del 2010 Permiteme que te diga una cosa: llevas registrado en el foro desde jun 2007 y solo has posteado para pedir ayuda en temas de multas. Al resto de los foreros tambien nos gusta que la gente colabore en el foro y no solo venga a buscar asesoramiento. Saludos y suerte con tus temas. Citar
Hate_N_Love Publicado 28 de Junio del 2010 Autor Reportar Publicado 28 de Junio del 2010 No creo que las veces que he preguntado algo haya exigido nada ni haya sido "pesado"... Solamente pregunto como uno de tantos que nos multan injustamente aprovechandose de nosotros. Participaría en el rato que entro pero no es una temática en la que uno entienda como para poder participar... Eso si, si que leía de vez en cuando para aprender y entretener... Espero no molestar a los asiduos, solamente uno pide ayuda en momentos que está hasta las narices de la policía... Citar
xara Publicado 20 de Agosto del 2010 Reportar Publicado 20 de Agosto del 2010 debes pagarla salvo que no tengas nada donde te puedan embargar porque si acaban embargándote tendrás intereses de demora y recargo que aumentarán la cuantía. Citar
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