kbecita Publicado 12 de Abril del 2008 Reportar Publicado 12 de Abril del 2008 hola. quisiera saber cuanto es el tiempo que puede tardar en llegarte la multa, si que preescriba, tenia entendido que era un año, peor no estoy seguro. Gracias!! Citar
kbecita Publicado 14 de Abril del 2008 Autor Reportar Publicado 14 de Abril del 2008 hola! vale, pero donde podria verlo a titulo oficial, en la pagina de rafico podria estar?? gracias! Citar
supertole Publicado 14 de Abril del 2008 Reportar Publicado 14 de Abril del 2008 No, depende, si no me equivoco las leves 3 meses, las graves 6 y las muy graves 1 año. Aunque si has puesto un recurso los plazos ya no cuentan igual, creo que cuentan desde la recepción del recurso. Citar
kx0 Publicado 14 de Abril del 2008 Reportar Publicado 14 de Abril del 2008 Y una vez declarada sentencia firme, tienen un año para cobrar, si no tambien prescribe Citar
kbecita Publicado 14 de Abril del 2008 Autor Reportar Publicado 14 de Abril del 2008 gracias a todos, pero otra cosa, donde podria sacar esta informacion, para i`mprimirla me refiero.gracias! Citar
pacman Publicado 15 de Abril del 2008 Reportar Publicado 15 de Abril del 2008 Aquí la DGT dice que las leves 3 meses, las graves 6 meses y las muy graves 1 año: http://www.dgt.es/revista/num151/pages/ley.html Citar
RoDrI_BgS Publicado 15 de Abril del 2008 Reportar Publicado 15 de Abril del 2008 El tiempo cuenta desde el último tramite/notificacion/etc.... no desde la infraccion. Citar
xara Publicado 15 de Abril del 2008 Reportar Publicado 15 de Abril del 2008 Os transcribo el artículo 81 de la Ley de Seguridad Vial. La prescripción es en los plazos que comentais pero comienza desde que se cometen los hechos. O sea si hoy os hacen una foto de radar y no os notifican nada durante el tiempo que se señala en función de si la infracción es grave o muy grave, la infracción está prescrita. Si como dice el párrafo segundo que os transcribo, se realiza una notificación de tráfico y después transcurren 12 meses sin otra nueva el expediente caduca. La diferencia con la prescripción, además de los plazos es que en supuesto de caducidad tráfico puede iniciar un nuevo expediente por los mismos hechos. Con la prescripción la infracción deja de existir para siempre. 1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves, seis meses para las infracciones graves y un año para las infracciones muy graves. El plazo de prescripción se cuenta a partir del día en que los hechos se hubieran cometido. La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio y se practique con proyección externa a la dependencia en que se origine 2. Si no hubiese recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar la resolución saludos Citar
RoDrI_BgS Publicado 15 de Abril del 2008 Reportar Publicado 15 de Abril del 2008 Pero si te hacen la foto, y a los 5 meses recibes una notificacion, tiene que pasar un año (en caso de ser muy grave)desde la notificacion... lo que serian 17 meses desde los hechos. Citar
xara Publicado 15 de Abril del 2008 Reportar Publicado 15 de Abril del 2008 correcto, al recibirse una notificaciòn se interrumple el cómputo del plazo y empieza a contarse de nuevo. Citar
albergirona Publicado 10 de Julio del 2008 Reportar Publicado 10 de Julio del 2008 para los ayuntamientos tambien son los mismos tiempos? Citar
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